El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura para que sean declarados Monumento Histórico Nacional el Parque Hansen y el Espacio Libre República de Corea de la ciudad de Montevideo;
RESULTANDO: I) que la Rambla de Montevideo, en toda su extensión, fue declarada Monumento Histórico Nacional por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 584/986, de 14 de octubre de 1986, quedando protegida la zona costera comprendida desde el Oeste hacia el Este, a partir de la escollera "Sarandí" inclusive hasta el Arroyo Carrasco y de Sur a Norte, desde el Río de la Plata hasta Rambla Costanera, incluyéndose sus dos aceras y los espacios públicos adyacentes a la misma;
II) que el tramo de Rambla del barrio Buceo se construyó entre los años 1920 y 1925, con el fin de conectar la Rambla de Pocitos con la Rambla de Malvín, respetando el perfil de la costa y conformando un paseo paralelo a la misma;
CONSIDERANDO: I) que el Parque Hansen es el espacio comprendido entre la Avenida Rivera al Norte, el Bulevar José Batlle y Ordoñez al Este, la Avenida Ing. Juana Pereyra al Sur y el Cementerio del Buceo al Oeste;
II) que el Espacio Libre República de Corea es el área comprendida entre la calle Juan M. Espinosa al Este, la calle Donizetti al Norte, padrón N° 170.664 al Oeste y la Avenida Ing. Juana Pereyra al Sur;
III) que ambos espacios públicos tienen valor paisajístico y se ubican junto a la rambla de la ciudad, un lugar representativo de la ciudad por su uso y relevancia, sustentada en importantes valores paisajísticos, culturales, ambientales e identitarios que ameritan su reconocimiento y protección patrimonial;
IV) que con el propósito de preservar los bienes que representan el acervo histórico y cultural para la comunidad, se considera pertinente acceder a lo solicitado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y declarar Patrimonio Histórico Nacional el Parque Hansen y el Espacio Libre República de Corea;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 del 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias, el Decreto N° 536/72 de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006 de 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
- en ejercicio de atribuciones delegadas -
RESUELVE:
Declárase Monumento Histórico Nacional el Parque Hansen, espacio comprendido entre la Avenida Rivera al Norte, el Bulevar José Batlle y Ordoñez al Este, la Avenida Ing. Juana Pereyra al Sur y el Cementerio del Buceo al Oeste y el Espacio Libre República de Corea, área comprendida entre la calle Juan M. Espinosa al Este, la calle Donizetti al Norte, padrón N° 170.664 al Oeste y la Avenida Ing. Juana Pereyra al Sur. (*)
(*)Notas:
Ver: Resolución Nº 18/026 de 13/02/2026 numeral 1.
Dispónese que las áreas declaradas Monumento Histórico Nacional quedarán afectadas por las servidumbres previstas en los artículos 7 y 8 de la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias y el Decreto N° 536/972 de 1° de agosto de 1972.
Comuníquese a la Intendencia de Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo, al Municipio CH de Montevideo, al Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Montevideo, a la Dirección Nacional de Catastro y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.