AUTORIZACION DE LAS OBRAS DE AMPLIACION DE LA EMPRESA CORPORACION NAVIOS S.A. EN UNA FRACCION DEL ALVEO DEL RIO URUGUAY




Promulgación: 25/04/2013
Publicación: 02/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 760
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por CORPORACIÓN NAVÍOS S.A. solicitando la
autorización correspondiente para realizar obras de ampliación en una
fracción del álveo del Río Uruguay que fuera otorgada a la Dirección
General de Comercio, Área Zonas Francas del Ministerio de Economía y
Finanzas, según permiso de ocupación dispuesto por la Resolución del Poder
Ejecutivo de 26 de mayo de 2004.

RESULTANDO: I) Que por el citado acto administrativo se otorgó un permiso
de ocupación de la citada fracción a la nombrada Dirección General, con
destino a las obras de infraestructura construidas y a construirse en esa
fracción del álveo, al fin de permitir el funcionamiento de una Zona
Franca y la prestación de los servicios portuarios correspondientes,
siendo dicha fracción individualizada en el Plano de Mensura del Ing° Agr°
Eduardo Infantozzi, de fecha enero de 2004.

II) Que dicha Resolución también estipuló que la indicada Dirección
General, por sí o a través del Usuario de Zonas Francas de Nueva Palmira,
hoy CORPORACIÓN NAVÍOS S.A., respectivamente podrán acordar con la
Administración Nacional de Puertos, si ésta así lo requiere, el eventual
tránsito de embarcaciones desde y hacia el puerto de Nueva Palmira, por la
fracción del álveo cuyo uso se otorga en el referido acto administrativo.

III) Que asimismo, la referida Resolución estableció una serie de
condiciones, como las de la autorización de la prestación de los servicios
portuarios, plazo del permiso hasta el 29 de noviembre de 2025 y
prorrogable por un plazo no mayor a 30 años, dragado, extracción de
materiales provenientes del mismo, funciones de control, responsabilidad,
propiedad de las obras y causas de extinción del permiso y autorización.

IV) Que analizada la documentación técnica presentada en la presente
instancia por CORPORACIÓN NAVÍOS S.A. el Órgano de Control de la Dirección
Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
informó que luego de una serie de ajustes realizados por la empresa a
requerimiento de la Administración, el proyecto presentado por el
particular está comprendido dentro de la fracción de álveo otorgada en
permiso a la Dirección General de Comercio, Área Zonas Francas mediante la
Resolución antes mencionada y por lo tanto, en esos términos, se ajusta a
lo sugerido oportunamente en el informe conjunto elaborado por ese Órgano
y la Gerencia de Coordinación, Planeamiento y Proyectos Portuarios.

V) Que la Dirección Nacional de Hidrografía elevó los antecedentes
indicando que, de accederse a autorizar a CORPORACIÓN NAVÍOS S.A las obras
que propone, éstas deberán cumplir con las siguientes condiciones: 1) la
firma particular solicitante será responsable de obtener las
autorizaciones que se requieran de otros organismos competentes, según
normativa vigente; 2) deberá informar a la referida Dirección Nacional el
monto total invertido en las obras y; 3) deberá presentar los Planos
Conforme de Obras (a escala adecuada), con memoria descriptiva
correspondiente, dentro de los 30 días siguientes a la finalización de las
obras.

VI) Que se dio vista previa del expediente a la Dirección General de
Comercio, Área Zonas Francas del Ministerio de Economía y Finanzas.

CONSIDERANDO: Que tanto los Servicios Jurídicos de la Dirección Nacional
de Hidrografía como así la División Servicios Jurídicos (Departamento
Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se
expidieron sin objeciones a la petición de obrados.

ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 4°, 180, 190 y 21 del Decreto Ley
N° 14.859 de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), Ley N° 16.246 de 8
de abril de 1992, Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto N°
412/992 de 1° de setiembre de 1992, Decreto N° 90/997 de 18 de marzo de
1997, Decreto N° 223/997 de 27 de junio de 1997 y Decreto N° 123/999 de 28
de abril de 1999.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízanse las obras de ampliación solicitadas por CORPORACIÓN NAVÍOS
S.A en una fracción del álveo del Río Uruguay otorgada a la Dirección
General de Comercio, Área Zonas Francas del Ministerio de Economía y
Finanzas, según permiso de ocupación dispuesto por Resolución del Poder
Ejecutivo de 26 de mayo de 2004 y que se individualiza en el Plano de
Mensura del Ing° Agr° Eduardo Infantozzi, de fecha enero de 2004.

2

 Dispónese que las referidas obras quedarán supeditadas al cumplimiento de
los siguientes requisitos:
1) la firma CORPORACIÓN NAVÍOS S.A. será responsable de obtener las
autorizaciones que se requieran de otros organismos competentes, según
normativa vigente;
2) deberá informar a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, el monto total invertido en las obras;
3) asimismo deberá presentar ante dicha dependencia los Planos Conforme de
Obras (a escala adecuada), con memoria descriptiva correspondiente, dentro
de los 30 días siguientes a la finalización de las obras (original y tres
copias papel, copia en soporte informático, firma de profesional
responsable y timbre profesional).

3

 Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Hidrografía para 
notificación de la firma interesada y demás efectos.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO - FERNANDO LORENZO
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