CONSTITUCION DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION. "FONDO TFK NIÑOS LIBRES DE TABACO - FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION". "TOBACCO-FREE KIDS ACTION FUND". "CAMPAIGN FOR TOBACCO-FREE KIDS"




Promulgación: 06/05/2011
Publicación: 17/05/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la propuesta de "TOBACCO-FREE KIDS ACTION FUND" y de "CAMPAIGN FOR
TOBACCO-FREE KIDS", corporaciones sin fines de lucro del distrito de
Columbia de los Estados Unidos de América;

RESULTANDO: I) que por documento privado redactado en idioma español y en
idioma inglés, suscripto el 29 de marzo de 2011 en la ciudad de Washington
del Distrito de Columbia de los Estados Unidos de América, debidamente
legalizado, el señor Matthew Myers, actuando en representación de
"TOBACCO-FREE KIDS ACTION FUND" y de "CAMPAIGN FOR TOBACCO-FREE KIDS",
propuso al Estado (Presidencia de la República), y al Banco de la
República Oriental del Uruguay la constitución de un fideicomiso de
administración que se denominaría "FONDO TFK NIÑOS LIBRES DE TABACO -
FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN", con el objetivo de administrar los fondos
donados al Estado Uruguayo para la defensa de las medidas adoptadas por
éste en materia de protección contra la exposición de las personas al humo
de tabaco;

II) que la propuesta implica la constitución de un Fideicomiso de
Administración en el que las entidades constituidas en el extranjero
serían las fideicomitentes, el Banco de la República Oriental del Uruguay
sería el fiduciario y la Presidencia de la República, la beneficiaria;

III) Que por actuación de fecha 12 de abril de 2011, el Banco de la
República Oriental del Uruguay aceptó la propuesta referida
precedentemente en su calidad de fiduciario.

CONSIDERANDO: I) la necesidad de cumplir con las medidas adoptadas y
proteger de los efectos perjudiciales que provoca en términos de
mortalidad, morbilidad y discapacidad para la salud de los uruguayos las
enfermedades tabaco dependientes -por considerarlas una verdadera epidemia
prevenible- frente a los cuestionamientos promovidos contra las mismas;

II) que en aras de la prosecución y defensa de las medidas expresadas,
resulta conveniente que la Presidencia de la República preste su
consentimiento en calidad de beneficiario, a la constitución del
mencionado patrimonio de afectación;

III) que para la instrumentación de dicha aceptación, corresponder{a
asimismo se designe al funcionario a quien se le conferirán las facultades
necesarias para ese otorgamiento, y se le encomendará la suscripción del
documento respectivo;

IV) que a tales efectos se estima oportuno designar al señor Prosecretario
de la Presidencia de la República, Dr. Diego Cánepa;

V) que para la inscripción del referido contrato en el Registro Público
competente, deberá además verificarse la certificación notarial
correspondiente de acuerdo a lo establecido en el artículo 88 de la Ley N°
16.871 de Registros Públicos, de 28 de setiembre de 1997;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N°
17.703 de 27 de octubre de 2003;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase al Estado-Presidencia de la República a prestar su
consentimiento en calidad de beneficiario, a la constitución del
Fideicomiso de Administración denominado "FONDO TFK NIÑOS LIBRES DE TABACO
- FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN", creado con el propósito de administrar
los fondos donados al Estado uruguayo por las corporaciones sin fines de
lucro denominadas "TOBACCO-FREE KIDS ACTION FUND" y de "CAMPAIGN FOR
TOBACCO-FREE KIDS" constituidas en el Distrito de Columbia de los Estados
Unidos de América, para la defensa de las medidas adoptadas por el
Gobierno uruguayo en materia de protección sanitaria contra la exposición
de las personas al humo de tabaco.

2

 Autorízase al señor Prosecretario de la Presidencia de la República Dr.
Diego Cánepa a suscribir en nombre del Estado-Presidencia de la República
en calidad de beneficiaria, la documentación necesaria a los efectos de la
instrumentación del Fideicomiso de Administración denominado "FONDO TFK
NIÑOS LIBRES DE TABACO - FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN".

3

 Cométese a la Escribanía de Gobierno las certificaciones e inscripciones
a que diere lugar la presente resolución.

4

 Comuníquese, etc.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - LUIS ALMAGRO - DANIEL OLESKER
Ayuda