APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 218/997




Promulgación: 14/01/1999
Publicación: 26/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 99
Referencias a toda la norma
 VISTO: la gestión de la empresa argentina "SKY-TEXT S.R.L.", por la cual
solicita autorización para operar servicios de transporte aéreo no regular
nacional e internacional de pasajeros y carga en la modalidad de taxi
aéreo.-

 RESULTANDO: I) que la petición de la mencionada empresa ha sido instruida
en forma y se han cumplido en la especie con los requisitos exigidos por
la Reglamentación de la Sección II, del Capítulo II, del Título IX del
Código Aeronáutico aprobado por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977,
no existiendo observaciones que formular a la misma.-

 II) que por la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil
218/97 de 11 de diciembre de 1997, se autorizó provisoriamente a la
empresa de referencia, con domicilio especial en la calle Brito del Pino
1447 (Montevideo) la prestación del servicio citado, al amparo de lo
previsto por el artículo 15 bis de la Reglamentación de la Sección II del
Capítulo II, del Título IX del Código Aeronáutico, incorporado por el
Decreto 312/987 de 7 de julio de 1987.-

 CONSIDERANDO: que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el
artículo 2 de la reglamentación de la Ley de 5 de diciembre de 1940,
aprobada por el Decreto 1.124/941 de fecha 4 de junio de 1941.-

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional de
Política Aeronáutica, a lo preceptuado por la Reglamentación de la Sección
II, del Capítulo II, del Título IX del Código Aeronáutico aprobado por el
Decreto 39/977 citado y sus modificativos Decretos 269/978 de 16 de mayo
de 1978 y 312/987 de 7 de julio de 1987 y a lo informado por las Asesorías
Letradas de la Dirección General de Aviación Civil y del Ministerio de
Defensa Nacional.-

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 218/97
de fecha 11 de diciembre de 1997. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

Autorízase en los términos del artículo 2 del Decreto del Poder Ejecutivo
1.124/941 de fecha 4 de junio de 1941, a la empresa SKY-TEXT S.R.L. con
domicilio especial en la calle Brito del Pino 1447 (Montevideo) para
operar servicios de transporte aéreo público de pasajeros y carga no
regular nacional e internacional en la modalidad de taxi aéreo.-

3

El servicio será cumplido con el avión Beechcraft CX-BCF, o con los que
autorice la Dirección General de Aviación Civil, la que determinará las
limitaciones operativas a que deberá ajustarse la autorizada.-

4

La tarifa a percibir será el equivalente en moneda nacional a U$S 0,80
(dólares americanos ochenta centavos) el kilómetro o U$S 200 (dólares
americanos doscientos) la hora de vuelo.-

5

Quedan expresamente formuladas las reservas de la transmisión de los
mensajes clase "B" siempre que la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica se encuentre en condiciones de prestar dicho servicio y del
derecho de adquisición a que se refiere el artículo 26 del Decreto 39/977
de 25 de enero de 1977.-

6

Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE - JUAN ALBERTO MOREIRA - CONRADO
SERRENTINO
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