EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES GENERADAS POR LA ACTUACION DEL CONJUNTO MUSICAL "CALLE 13"




Promulgación: 30/04/2014
Publicación: 08/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 666
VISTO: la actuación del Conjunto musical "Calle 13" que se ha llevado a
cabo el día 23 de marzo de 2014 en la ciudad de Montevideo.

RESULTANDO: I) que por su transcendencia turística dicho evento ha sido
declarado de interés nacional por parte del Ministerio de Turismo y
Deporte.

II) que la mencionada declaratoria establece que la trascendencia
turística de dicha actividad justifica la exoneración solicitada.

CONSIDERANDO: I) conveniente otorgar en el marco de las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes, aquellos beneficios fiscales que
mejoren las condiciones de realización de la referida actuación.

II) que se ha dado cumplimiento con los requisitos exigidos por el Decreto
N° 31/014, de 11 de febrero de 2014.

ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312
de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones
personales generadas por la actuación del Conjunto musical "Calle 13",
correspondientes al espectáculo que se ha llevado a cabo el día 23 de
marzo de 2014 en la ciudad de Montevideo.

2

 Comuníquese, publíquese y archívese.

JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA - RICARDO EHRLICH
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