PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CYBARAN S.A.




Promulgación: 13/03/1996
Publicación: 27/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: El planteo efectuado por la firma CYBARAN S.A. (Frigorífico La
Caballada), tendiente a que el Poder Ejecutivo amplíe por treinta días el
amparo del Seguro por Desempleo para sus trabajadores desempleados, que en
la actualidad alcanzan a 570 (quinientos setenta).

    Resultando: I) Que CYBARAN S.A. ha sido afectada por serios problemas
económico-financieros, situación que se inscribe dentro de la crisis de la
Industria Frigorífica.

II)  Que la firma prosigue la negociación con un grupo inversor, tendiente
a la venta de su paquete accionario, lo que tendrá como consecuencia, en
el corto plazo, el comienzo de la producción y la reincorporación del
personal.

    Considerando: I) Que en el plazo de treinta días deberán culminar las
gestiones del traspaso del mencionado paquete accionario y la organización
del inicio de las actividades.

II) Que se estima oportuno acceder a la solicitud efectuada, teniendo en
cuenta que es de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo y producción.

III) Que la presente ampliación se encuentra dentro del plazo que
establece el Artículo 10 del Decreto Ley Nº 15.180.

    Atento: A lo expuesto precedentemente, y a lo establecido en el art.
10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                       El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Amplíase por 30 (treinta) días y a partir de los respectivos
vencimientos, el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social para los trabajadores de la empresa CYBARAN S.A., que se
encuentren en condiciones de acceder al mismo. 

2

   Comuníquese, notifíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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