AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA. COPRIMAR




Promulgación: 08/03/1991
Publicación: 30/04/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca,
a los fines que se expresarán.

   Resultando: I) Con fecha 5 de febrero de 1991, la Cooperativa COPRIMAR
solicita Permiso de Pesca Científica para realizar pesca de calamar con 
poteras, en aguas del Mar Territorial Uruguayo, con fines de
investigación, con el buque de bandera griega denominado "Gregos", 
equipado con sistemas de poteras (jiggins), por el período que indica, aceptando en su totalidad las condiciones insertas en el programa de investigación que a estos efectos dispone el Instituto Nacional de Pesca;

   II) El Instituto Nacional de Pesca sugiere se conceda el permiso solicitado en las condiciones que indica de fojas 6 a fojas 11.

   Considerando: I) Conveniente proveer en la forma aconsejada por el Instituto Nacional de Pesca habida cuenta que en el caso en vista se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias en vigor;

   II) Reviste interés el empleo de artes de pesca como en el caso objeto de estos obrados, sobre las cuales es insuficiente la experiencia realizada en nuestro país; 

   III) Esta pesquería procura con la actividad de esta unidad, cumplir con los requisitos de adiestramiento de personal uruguayo en pesquerías consideradas no tradicionales;

   IV) Los resultados de este programa permitirán obtener datos para un estudio más exacto de la abundancia de la especie objetivo, con lo cual
se podrán planificar probables inversiones para la explotación comercial de este recurso;

   V) La mencionada prospección, finalmente, constituye un positivo
aporte a la actual política de diversificación de las capturas con miras
a la explotación de las especies subexplotadas o no explotadas.
 
   Atento: a lo dispuesto en los artículos 6º y 10 de la ley 13.833, de
29 de diciembre de 1969, artículos 18 y 19 del decreto 711/971, de 28 de
octubre de 1971, decreto ley 14.484 de 18 de diciembre de 1975 y la 
resolución del Poder Ejecutivo 1.025/990, de 19 de noviembre de 1990, que
delega atribuciones,

   El Ministro de Ganadería Agricultura y Pesca en ejercicio de las atribuciones delegadas,

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a la Cooperativa COPRIMAR la pesca científica del recurso 
calamar (llex argentinus), existente en aguas del Mar Territorial
Uruguayo, utilizando a tales efectos sistema de poteras (jiggins) estándoles expresamente prohibido el uso de redes de arrastre "de fondo".

ALVARO RAMOS
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