CREACION DE UN EQUIPO DE TRABAJO CON LOS COMETIDOS DE IDENTIFICAR Y DESARROLLAR ACUERDOS CON INSTITUCIONES INTERNACIONALES Y LOCALES PARA LA CREACION DE POSTGRAGOS EN AREAS DE TECNOLOGIA, INNOVACION Y EMPRENDEDURISMO




Promulgación: 27/04/2018
Publicación: 08/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el crecimiento, diversidad e impacto de las propuestas de base tecnológica desarrolladas a nivel internacional, en la generación de capital humano en investigación, innovación y emprendedurismo, estrechamente articulados a los procesos sostenidos de crecimiento y desarrollo de las sociedades que las contienen;

   RESULTANDO: I) que a nivel internacional existen propuestas relevantes de formación de capital humano a nivel de postgrado, estrechamente vinculadas a emprendimientos tecnológicos dinamizadores de la generación de valor en los países que las llevan adelante;

   II) que dichas propuestas, de desarrollarse en el país, permitirán un efecto multiplicador de las oportunidades de acceso para los profesionales uruguayos y de la región;

   CONSIDERANDO: I) que el país cuenta con una buena trayectoria en la formación de capital humano, que es posible complementar y acelerar;

   II) que se estima conveniente coordinar acciones con organizaciones reconocidas y líderes a nivel internacional, a los efectos de acelerar el proceso de generación de capital humano en las áreas mencionadas, así como posicionar al país en Latinoamérica como centro de formación de capital humano altamente especializado y reconocido internacionalmente;

   III) que la Agencia Nacional de Investigación e Innovación con sus programas para incentivar la formación de recursos humanos, el Plan Ceibal con la introducción y aplicación de tecnología vinculadas a la educación y el Laboratorio Tecnológico del Uruguay con su ecosistema tecnológico desarrollado en su Parque, pueden establecer los vínculos necesarios para desarrollar estas propuestas en el Uruguay;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 18.640 de 8 de enero de 2010, en la redacción dada por el artículo 840 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, el artículo 849 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y la Ley N° 18.084 de 28 de diciembre de 2006;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Créase en el ámbito de la Presidencia de la República un equipo de trabajo integrado por el Presidente del Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia y el Presidente de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación con los cometidos de identificar y desarrollar acuerdos con instituciones internacionales y locales para la creación de postgrados en áreas de tecnología, innovación y emprendedurismo.

2

   Este equipo de trabajo será asistido por los recursos humanos y logísticos de sus respectivas instituciones y articulará sus acciones con actores del ámbito público y privado a los efectos de la mejor consecución de los cometidos encomendados.

3

   El grupo de trabajo deberá presentar a consideración de la Presidencia de la República -en un plazo no mayor a los 60 días- su estrategia de trabajo la que una vez aprobada, será responsable de su ejecución.

4

   Encomiéndase al Laboratorio Tecnológico del Uruguay asistir al grupo de trabajo que se crea por la presente Resolución, la implementación de la operativa del Programa en el marco de las actividades desarrolladas en su Parque Tecnológico.

5

   Comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDITH MORAES - JORGE VÁZQUEZ - ARIEL BERGAMINO - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - ENZO BENECH - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI
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