DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EL INMUEBLE QUE SE DETERMINA EN LA CIUDAD DE MERCEDES Y LAS COLECCIONES Y MATERIAL BIBLIOGRAFICO QUE CONFORMAN EL ACERVO DEL "CENTRO HISTORICO Y GEOGRAFICO DE SORIANO"




Promulgación: 02/08/2023
Publicación: 10/08/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que sea declarado Monumento Histórico Nacional el "Centro Histórico y Geográfico de Soriano", ubicado en el padrón 3790 con frente a la calle Artigas 618 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano;

   RESULTANDO: I) que el edificio en el que funciona actualmente el "Centro Histórico y Geográfico de Soriano", con personería jurídica aprobada en 1973, se construyó en la década de 1880 como vivienda y estudio comercial del empresario Luis Segundo Mouriño;

   II) que entre las décadas de 1950 y 1960 fue adquirido por la Iglesia Católica y en el año 1988 el "Centro Histórico y Geográfico de Soriano" adquirió el inmueble, transformando la antigua Capilla en la sala de actos y museo del Centro;

   III) que el inmueble es una construcción de tipología "casa patio" y el que fuera el escritorio de la vivienda ubicado en el ala este del edificio, pasó a ser el Museo del Centro;

   IV) que en la planta principal, las salas se disponen en torno a un gran patio central y en la parte posterior, se encuentra la zona de servicios con galería de techo de tirantes de madera y tejas francesas, las que son actualmente las salas para exhibición de distintas colecciones y materiales de origen indígena y gauchesco, armas de la época de la Independencia y colección de numismática;

   V) que en su acervo documental, conserva publicaciones del departamento de Soriano, hemeroteca, documentos inéditos y parte de las bibliotecas de Idiarte Borda y del Escribano Alfonso Arias; 

   VI) que la totalidad de una de sus salas es ocupada por una maqueta de la ciudad de Mercedes, que plasma cómo era la ciudad hace 180 años, acompañada de un plano con los nombres de los propietarios y ocupantes de la época con descripción de sus nacionalidades y el tipo de construcción existente en cada solar;

   CONSIDERANDO: I) que la Institución alberga un valioso acervo de materiales y documentos históricos para el departamento de Soriano y el país, dedicándose al estudio y difusión de temas históricos, geográficos y de la cultura en general;

   II) que el Centro publica desde 1960 la "Revista Histórica de Soriano" y distribuye gratuitamente el Boletín Histórico Digital, contando con espacio para el dictado de charlas, realización de exposiciones y espectáculos;

   III) que con el propósito de preservar los bienes que representan el acervo cultural de una comunidad y de un período histórico del país, se considera pertinente acceder a lo solicitado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y declarar Patrimonio Histórico Nacional el edificio que alberga al "Centro Histórico y Geográfico de Soriano" así como las colecciones y material bibliográfico que conforman el acervo del mismo;

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 del 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias, el Decreto N° 536/72 de 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006 de 1° de junio de 2006 ya lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                - en ejercicio de atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Declárase Monumento Histórico Nacional el inmueble padrón 3790, ubicado en la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, con frente a la calle Artigas 618 y las colecciones y material bibliográfico que conforman el acervo del "Centro Histórico y Geográfico de Soriano".

2

   El inmueble referido queda afectado por las servidumbres previstas en el artículo 8 de la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971.

3

   Las autoridades del "Centro Histórico y Geográfico de Soriano" deberán disponer la realización del inventario que permita proteger debidamente el material allí existente como valor patrimonial a preservar.

4

   Comuníquese a la Comisión Directiva del "Centro Histórico y Geográfico de Soriano", al Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Soriano, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Dirección Nacional de Catastro, a la Oficina Delegada de Catastro de Soriano, a la Intendencia de Soriano y a la Junta Departamental de Soriano.

5

   Publíquese en Diario Oficial.

6

   Pase a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura a todos los efectos que puedan corresponder.

   PABLO DA SILVEIRA
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