TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. FRECUENCIA 90.3 MHZ. CANAL CX 212B.CASUPA. FLORIDA. MUTUAL S.A. OSCAR MARTIN BALZARETTI MORALES




Promulgación: 22/04/2014
Publicación: 29/04/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 546
Ver vigencia: Resolución Nº 271/014 de 26/05/2014 numeral 1.
VISTO: la solicitud de autorización para la transferencia de la totalidad
de las acciones de la sociedad anónima denominada "MUTUAL S.A.", integrada
por Juan Justo Amaro Cedrés, titular del servicio de radiodifusión de
radio en la frecuencia 90.3 MHz, Canal CX 212B de la localidad de Casupá,
departamento de Florida, a favor de Oscar Martín Balzaretti Morales.

RESULTANDO: I) que según informe de la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), por Resolución N° 73.436 de 24 de enero de 1995 se
adjudicó al señor José Luis Paladino Valente el uso de la frecuencia FM
90.3 Mhz en el canal 212 en la localidad de Casupá, Florida, con una
potencia de 0,1 Kw y una HMA de 30 metros;

II) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 486/004 de 25 de mayo de
2004, se autorizó la transferencia de titularidad de la emisora "Babilonia
FM" que opera en la frecuencia 90.3 MHz de la localidad de Casupá,
departamento de Florida, a favor de "Mutual S.A." integrada por los Sres.
Alvaro Carmelo Demartino y Sebastián Pelayo;

III) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 52/007 de 31 de enero de
2007 se autorizó la transferencia de las acciones de "Mutal S.A."
pertenecientes a los Sres. Alvaro Carmelo Demartino y Sebastián Pelayo a
favor de Juan Justo Amaro Cedrés, resultando el mismo el único titular de
las acciones de la sociedad.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo al contrato de compraventa de acciones
otorgado el 5 de noviembre de 2013, Juan Justo Amaro Cedrés vendió la
totalidad de las acciones de "MUTUAL S.A" a Oscar Martín Balzaretti
Morales;

II) que el Sr. Balzaretti ha acreditado el cumplimiento de los requisitos
personales exigidos por los artículos 8° y 9° del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978;

III) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones ante la
Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social;

IV) que se ha acreditado debidamente el cumplimiento de los demás
requisitos exigidos por las normas para autorizar la transferencia de
acciones de la sociedad titular del servicio no existiendo inconvenientes
para autorizar la transferencia solicitada.

V) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual entiende que no se está ante una nueva
autorización, dado que la persona jurídica a quien la misma fue otorgada
permanece incambiada, esto es sociedad MUTUAL S.A., operando un cambio de
titularidad indirecto no previsto en la Ley N° 17.909;

VI) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería compartiendo los informes que anteceden sugiere autorizar la
transferencia solicitada.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001
en redacción dada por las Leyes No. 18.719 de fecha 27 de diciembre de
2010; los Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978, 347/992 de 21 de
julio de 1992, 353/006 de 2 de octubre de 2006 y 155/005 de 9 de mayo de
2005; lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y
Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de acciones de la sociedad anónima denominada
"MUTUAL S.A.", titular del servicio de radiodifusión de radio en la
frecuencia 90.3 MHz, Canal CX 212B de la localidad de Casupá, departamento
de Florida, pertenecientes al Sr. Juan Justo Amaro Cedrés, a favor del Sr.
Oscar Martín Balzaretti Morales como único accionista de la sociedad.

2

 Establécese que la autorización conferida quedará condicionada a la
acreditación de la inscripción de la transferencia en el Libro de Registro
de Acciones de la sociedad, en el plazo de 30 días corridos.

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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