FIJACION DE TASA POR LEGALIZACION DE DOCUMENTOS. ABRIL 2016




Promulgación: 14/04/2016
Publicación: 26/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: La necesidad de actualizar el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978.

   RESULTANDO: Que por Resolución M-1107/15, de fecha 12 de noviembre de 2015, resolvió fijar el monto actualizado de la referida Tasa por Legalización de Documentos en $ 139 (ciento treinta y nueve pesos uruguayos).

   CONSIDERANDO: I) Que por el artículo 332 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990, se facultó al Poder Ejecutivo a actualizar dicho monto según la variación del Índice General de Precios al Consumo.

   II) Que corresponde proceder a la actualización señalada en el Visto, en base al cálculo efectuado por el Departamento Financiero Contable de la Dirección General de Secretaría de ésta Secretaría de Estado.

   ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755 de 5 de enero de 1978; el artículo 332 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; la Resolución del Poder Ejecutivo N° 446/003, de 24 de marzo de 2003 y la Resolución del Poder Ejecutivo N° 966/991, de 4 de diciembre de 1991 que permite delegar atribuciones.

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

   FÍJASE en la suma de $ 143 (ciento cuarenta y tres pesos uruguayos) el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.755, de 5 de enero de 1978, que regirá a partir de la aprobación de la presente Resolución.

2

   COMÉTESE al Departamento Financiero Contable la actualización cuatrimestral del importe de la Tasa por Legalización de Documentos.

3

   COMUNÍQUESE a la Dirección General de Secretaría y pase al Departamento Financiero Contable y a la División Jurídico Notarial para su conocimiento.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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