VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA), por la cual la empresa argentina «PLEIN AIR S.A.», solicita se
le autorice a operar servicios de transporte aéreo no regular
internacional de pasajeros, correo, carga y/o mixto, en la modalidad de
taxi aéreo, entre puntos del territorio argentino y puntos del territorio
nacional.-
CONSIDERANDO: I) que no existen objeciones en acceder a lo solicitado
teniendo presente lo acordado en la Reunión realizada entre las
autoridades de las Repúblicas de Argentina y Oriental del Uruguay.-
II) que la peticionante ha dado cumplimiento en lo pertinente a los
requisitos previstos por el artículo 14 del Decreto 39/977 de 25 de enero
de 1977 y se ha instruído en debida forma el procedimiento.-
ATENTO: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica y a las
previsiones del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977 y a lo dictaminado
por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase a la empresa argentina "PLEIN AIR S.A." a operar servicios de
transporte aéreo no regular internacional de pasajeros, correo, carga y/o
mixto, en la modalidad de taxi aéreo, entre puntos del territorio
argentino y puntos del territorio nacional, con derechos de 3ra., 4ta.,
5ta. y 6ta. libertades.-
El servicio será cumplido con la aeronave Modelo B-200, matrícula LV-ZSE
o la que autorice la Dirección General de Aviación Civil, la que
determinará las limitaciones operativas a que deberá ajustarse la
autorizada.-