Visto: la nota presentada por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión, referente a la demora en el trámite de expedición de
certificados por parte de la Dirección Forestal, Parques y Fauna del
Ministerio de Agricultura y Pesca, por los cuales se otorgan las
desgravaciones dispuestas por la ley 13.723 y decreto 179/974.
Resultando: la referida Secretaría, sugiere la creación de un Grupo
Permanente, integrado por un delegado del Ministerio de Agricultura y
Pesca, uno del Ministerio de Industria y Energía y otro de dicha
Secretaría, a los efectos de que formule las recomendaciones pertinentes
para cada solicitud.
Considerando: de lo expuesto, surge la conveniencia de crear el Grupo
Permanente mencionado, a los efectos de agilitar el trámite de expedición
de certificados por parte de la Dirección Forestal, Parques y Fauna del
Ministerio de Agricultura y Pesca, a fin de conceder las desgravaciones
dispuestas en las normas referidas precedentemente.
Atento: a lo expuesto y lo informado por la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Créase un Grupo Permanente, integrado por un delegado del Ministerio
de Agricultura y Pesca, uno del Ministerio de Industria y Energía y otro
de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, a los efectos
de que formule el asesoramiento correspondiente a la Dirección Forestal,
Parques y Fauna, para la expedición de certificados por los cuales se
otorgan las desgravaciones dispuestas por la ley 13.723 y decreto 179/974.