DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EL PARQUE DE LAS ESCULTURAS. MONTEVIDEO




Promulgación: 08/09/2022
Publicación: 16/09/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, por la que propone al Poder Ejecutivo declarar Monumento Histórico Nacional el Parque de las Esculturas, sito en la manzana delimitada por las avenidas Luis Alberto de Herrera, José Pedro Varela, y las calles Marne y Andrés Lamas de la ciudad de Montevideo;

   RESULTANDO: I) que el Parque de la Escultura fue creado por iniciativa del entonces Presidente de la República, Dr. Julio María Sanguinetti, con el asesoramiento y la colaboración del Arq. Enrique Benech y del Director del Museo Nacional de Artes Visuales, señor Ángel Kalenberg;

   II) que se inauguró el 22 de octubre de 1996, en el marco de la conmemoración de los cien años del Banco de la República Oriental del Uruguay, institución que apoyó su concreción;

   III) que los arquitectos, Enrique Benech y Marcelo Danza, idearon y diseñaron un parque en el que las obras escultóricas conviven con el "viejo parque indígena", formado por anacahuitas, arrayanes, ceibos, cedrones, espinillos, guayabos y lapachos, al tiempo que integraron armónicamente las obras de diversos artistas, con sus singularidades técnicas, materiales y de escala;

   IV) que el Parque de las Esculturas es un proyecto en construcción permanente, que incluye obras de los más significativos escultores nacionales, a saber: Pablo Atchugarry, Germán Cabrera, Gonzalo Fonseca, Mario Lorieto, Francisco Matto, Manuel Pailós, Salustiano Pintos, Octavio Podestá, Guillermo Riva Zucchelli, Enrique Silveira, Jorge Abbondanza, Ricardo Pascale, María Freire, Nelson Ramos, Alfredo Halegua; al tiempo que admite nuevas incorporaciones;     

   V) que, al Parque, se integra visualmente la pintura mural sobre la fachada de la escuela N° 156 "Armenia" ubicada sobre la calle Marne, obra de M. Espínola Gómez, generando un ámbito artístico expandido;

   CONSIDERANDO: que resulta pertinente acceder a lo propuesto por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación en cuanto cumple con los requisitos para ser declarado Monumento Histórico Nacional;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 14.040, de fecha 20 de octubre de 1971, su Decreto reglamentario N° 536/972, de fecha 1° de agosto de 1972, el literal b) del numeral 1 de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 409/006, de fecha 1° de junio de 2006 y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación;

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                - en ejercicio de atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Declárase Monumento Histórico Nacional el Parque de las Esculturas, sito en la manzana delimitada por las avenidas Luis Alberto de Herrera, José Pedro Varela y las calles Marne y Andrés Lamas de la ciudad de Montevideo.

2

   Dispónese que el inmueble quedará afectado por las servidumbres previstas en los artículos 7 y 8 de la Ley N° 14.040, de fecha de 20 de octubre de 1971, y el Decreto N° 536/972, de fecha 1° de agosto de 1972.

3

   Comuníquese al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al Ministerio de Salud Pública, a la Dirección Nacional de Servicios de Salud del Estado (ASSE), al Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Intendencia de Montevideo, y a la Junta Departamental de Montevideo.

4

   Publíquese en el Diario Oficial.

5

   Pase a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura a todos los efectos que puedan corresponder.

   PABLO DA SILVEIRA
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