VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la desafectación de los tramos de la Ruta Nº 8 vieja.
RESULTANDO: I) Que la mencionada dependencia formula dicha solicitud dado
que estos tramos, que se detallan en planilla adjunta a fojas 1 de estos
obrados, no están siendo utilizados como Ruta Nacional desde la
construcción de la actual Ruta Nº 8.
II) Que el Departamento Letrado no formula observaciones al respecto.
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 10.382 del 13 de febrero de
1943.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Desaféctase los tramos de Ruta Nº 8 vieja, según planillado adjunto a
fojas 1 de estos obrados, de acuerdo a la gestión promovida por la
Dirección Nacional de Vialidad en autos.