Autorízase a la empresa COLONIA NATURAL S.A. a usufructuar el beneficio previsto en el artículo 3º inciso g. del Decreto Nº 124/001, exoneración
del 50% de todos los tributos que graven las importaciones de bienes de
activo fijo destinados al equipamiento, por hasta un monto imponible de
U$S 2:379.043 (dólares americanos dos millones trescientos setenta y
nueve mil cuarenta y tres) y a los materiales y bienes de obra civil e
infraestructura por hasta un monto imponible de U$S 4:174.083 (dólares
americanos cuatro millones ciento setenta y cuatro mil ochenta y tres),
que será aplicable de la siguiente manera: U$S 1:475.561 (dólares
americanos un millón cuatrocientos setenta y cinco mil doscientos
quinientos sesenta y uno) a los ejercicios fiscales comprendidos entre el
18/04/01 y el 30/09/05 y U$S 2:698.522 (dólares americanos dos millones
seiscientos noventa y ocho mil quinientos veintidós) a los ejercicios
fiscales comprendidos entre el 1º/10/05 y el 30/09/08. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 456/006 de 27/06/2006 numeral 1.
Ver vigencia: Resolución Nº 1.110/008 de 15/12/2008 numeral 1.
Redacción dada anteriormente por: Resolución Nº 805/004 de 26/08/2004
numeral 1.
TEXTO ORIGINAL:
Resolución Nº 805/004 de 26/08/2004 numeral 1,
Resolución Nº 1.897/002 de 14/11/2002 numeral 4.