VISTO: estos antecedentes por los cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por el
señor Heber Ciro Pinto Piccinillo, para que se autorice la transferencia
de la titularidad de la Difusora CX10, que opera en la frecuencia 730
Khz. Radio Continente, de la ciudad de Montevideo, a favor de "DIFUSORA
PINTO S.A", integrada por el citado titular y por la señora Ana Lola
López Figuerido.-
RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1.419 de 20 de
setiembre de 1977, se autorizó al gestionante el uso de la frecuencia 730
Khz. en que opera la Difusora CX 10, Radio Continente.-
CONSIDERANDO: I) que la cesionaria "DIFUSORA PINTO S.A.", está integrada
por el señor Heber Ciro Pinto Piccinillo y la señora Ana Lola López
Figuerido, quienes han dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos
previstos por el artículo 9no. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de
1978, así como lo dispuesto por los Decretos 586/990 de 18 de diciembre
de 1990 y 347/992 de 21 de julio de 1992.-
II) que no existen inconvenientes para acceder a la transferencia
solicitada.-
III) que es necesario otorgar un plazo de 90 días a la cesionaria
"DIFUSORA PINTO S.A"., para la presentación de la documentación que
acredite que se ha producido la cesión comprometida según resulta de
fojas 33 del expediente del Ministerio de Defensa Nacional 2001078103.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de titularidad solicitada por el señor Heber
Ciro Pinto Piccinillo, que opera en la frecuencia 730 Khz., Radio
Continente de Montevideo, a favor de "DIFUSORA PINTO S.A.", integrada por
el citado titular y por la señora Ana Lola López Figuerido.-
Otórgase a la mencionada empresa un plazo de 90 días a los efectos de
presentar ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la
documentación que acredite que se ha producido la cesión comprometida
según resulta de fojas 33 del expediente del Ministerio de Defensa
Nacional 2001078103 y que se autoriza en el presente acto
administrativo.-