Visto: la solicitud de la firma Elaboradora de Arpillera Sintética S.A.
(EDASSA), dedicada a la producción de tela destinada a servir de envase a
diversos productos, tendiente a obtener al amparo de la ley 14.178 de
Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974, la declaración de Interés
Nacional para la actividad que se propone realizar según su proyecto de
inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales.
Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la ampliación de su
equipo productivo;
II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por EDASSA y propone medidas promocionales.
Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder
a lo solicitado por la firma EDASSA, por cuanto el proyecto es viable
técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan Nacional
de Desarrollo en cuanto permitirá la obtención de mayor eficiencia en la
producción y comercialización en base a niveles adecuados de dimensión,
tecnología y capacidad.
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Elaboradora de Arpillera Sintética S.A. (EDASSA), dedicada
a la producción de tela destinada a servir de envase a diversos productos,
para la ampliación de su equipo productivo.
Exonérase en forma total a la empresa EDASSA, de recargos incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas portuarias,
Impuesto Aduanero Unico a al Importación, Tasa de Movilización de Bultos y
en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado
no competitivo de la industria nacional:
- Una (1) línea de extrusión adecuada para la producción de fibras
textiles de polipropileno completa con sus accesorios.
- Un (1) control de presión de salida con depósito para paro automático
completo con manómetro.
- Un (1) cuadro de control de la tensión eléctrica con corrección de la
misma.
- Un (1) armario de distribución (interna del equipo) eléctrico, completo
con siete (7) interruptores magneto térmicos.
- Una (1) serie de control y conexión al armario de alimentación de
corriente continua.
- Un (1) juego de repuestos para una línea de extrusión apropiada para
producción de fibras textiles de polipropileno.
- Un (1) molino con ciclón completo con todos sus accesorios y repuestos.
- Ocho (8) telares sin lanzaderas, cada uno completo con accesorios y
repuestos.
- Una (1) fileta de urdir completa con accesorios y repuestos.
- Un (1) molino aglutinador completo con todos sus accesorios y repuestos.
- Una (1) máquina cortadora transversal de cintas para tubos planos de
polipropileno o polietileno tejido con todos sus accesorios y repuestos.
- Una (1) impresora de sacos completa con todos sus accesorios y
repuestos.
- Una (1) retorcedora - calibradora, completa con sus accesorios y
repuestos.
- Tres (3) máquinas de coser con todos sus accesorios y surtido de
repuestos.
- Una (1) caja terminal para uso intemperie.
- Tres (3) cajas terminales para uso interior.
- Dos (2) transformadores de intensidad.
- Tres (3) descargadores catódicos con sus accesorios.
- Nueve (9) aisladores soporte de barras para uso intemperie.
- Dieciocho (18) aisladores soporte de barras para uso interior.
- Cien (100) metros de cable armado trifásico.
- Un (1) seccionador trifásico para servicio interior.
- Ocho (8) interruptores automáticos trifásicos.
- Cien (100) metros de cable con conductores de cobre.
- Diez (10) humidificadores de aire con dispositivo automático de
enjuague completo con todos sus accesorios.
- Cinco (5) reguladores de aire.
- Un (1) juego de repuestos para las humidificadoras.
- Un (1) carro porta plegadores completo con todos sus accesorios y
repuestos.
- Un (1) carro porta rollos de tejido, completo con todos sus accesorios
y repuestos.
- Un (1) compresor de tornillo rotativo, de aire, con su tanque, completo
con sus accesorios y repuestos.
Exonérase en forma total a la empresa EDASSA, de recargos incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la
Importación, Tasas de Movilización de Bultos y en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado competitivo de la
industria nacional:
- Un (1) electromotor.
- Dos (2) transformadores de tensión para servicio interior.
- Un (1) transformador de potencia trifásico, en baño de aceite, servicio
intemperie con accesorios.
Exonérase los tributos que recaigan sobre la constitución de garantías
hipotecarias previstas para la ejecución del proyecto, por el lapso de
tres años a partir de la presente resolución.
El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º de
la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de
la empresa EDASSA hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
718.400 y siempre que se realicen dentro de un plazo de tres años a partir
de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979.
A los efectos del control y seguimiento, la empresa EDASSA, deberá
documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante
los años 1 a 4 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos
y en valores monetarios producidos y los exportados sin perjuicio de toda
otra información que le sea requerida.
A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.