AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA. PALOMA V




Promulgación: 20/01/2005
Publicación: 21/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 173

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 El Permiso de que se trata tendrá una vigencia de 2 (dos) años tal como
lo dispone el Art. 10º del decreto Nº 149/97, de 7 de mayo de 1997, a
contar del 5 de julio de 2004, fecha de inicio de actividades con primer
permiso de pesca provisorio, estando la embarcación obligada al pago de
derechos por los conceptos previstos en la normativa vigente.
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