TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE TELEVISION PARA ABONADOS. DURAZNO




Promulgación: 09/12/2003
Publicación: 16/12/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1479
   VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC) por la cual da cuenta de la gestión realizada por 
la señora Atila Zambra Morini, permisionaria del Servicio de Televisión 
para Abonados, localidad Villa del Carmen, en el departamento de Durazno 
y zonas rurales para que se le autorice la transferencia de dicho permiso 
a favor del señor José María Beloqui Zambra.-

   RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 735/994 de fecha 19 de julio de 1994, se autorizó a la señora Atila Zambra Morini a 
suministrar el servicio de televisión para abonados por la modalidad 
alámbrica, en la localidad Villa del Carmen del Departamento de 
Durazno.-

   II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo 
de 1998, la permisionaria fue autorizada a ampliar su área de servicio 
por el sistema "TDH" (Televisión Satelital Directa al Hogar) en zonas rurales del Departamento de Durazno.-

   CONSIDERANDO: I) que el señor José María Beloqui Zambra cumplió con 
los requisitos y exigencias personales que establece el Decreto 349/990 
de 7 de agosto de 1990 y sus modificativos.-

   II) que se ha acreditado en obrados la transferencia de la titularidad, 
mediante testimonio notarial de contrato de "Cesión de Derechos", dando 
cumplimiento de esta manera a lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 
de diciembre de 1990.-

   III) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, 
establecido por el artículo 19 del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 
1990, para que se pueda hacer modificaciones en la titularidad de las 
autorizaciones del servicio de televisión para abonados.-

   IV) que la empresa ha acreditado en obrados estar al día con las 
obligaciones tributarias ante la Dirección General Impositiva y sus 
aportes ante la Seguridad Social, de acuerdo a lo dispuesto por el 
Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992.-

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 
17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, Decretos 349/990 de fecha 7 de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 586/990 de 18 de 
diciembre de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992, 115/003 de 25 de marzo de 2003, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma.- 

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

   Autorízase la transferencia del permiso de televisión para abonados 
por el sistema alámbrico en la localidad de Villa del Carmen del Departamento de Durazno y la ampliación por el sistema "TDH" (Televisión Satelital Directa al Hogar) en las zonas rurales del mismo Departamento, 
pertenecientes a la señora Atila Zambra Morini, a favor del señor José 
María Beloqui Zambra.-

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU.


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