AMPLIACION DEL ACUERDO DE GESTION DE SERVICIOS ENTRE LA DINACIA Y LA OACI PARA LA ADQUISICION DE UN SISTEMA DE CONTROL DE TRANSITO AEREO




Promulgación: 31/12/2010
Publicación: 29/03/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 2337
Fe de erratas publicada/s: 01/04/2011.
Referencias a toda la norma
VISTO: la necesidad de autorizar la ampliación del Acuerdo de Gestión de
Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI).

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de
noviembre de 2009  (número interno 87.154), se autorizó la suscripción del
Acuerdo antes citado, con la finalidad de implementar un Proyecto de
Fortalecimiento Institucional en relación a la "Vigilancia continua en la
Seguridad Operacional", por un monto de U$S 1.000.000,00 (dólares
estadounidenses un millón con 00/100).

II) que en el numeral 12 de dicho Acuerdo se establece que "Toda enmienda
al presente Acuerdo se efectuará por consentimiento mutuo entre las partes
mediante la correspondiente carta de acuerdo suplementaria."

III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de julio de 2010
(número interno 88.178) se homologó la ampliación del mencionado Acuerdo
de Gestión de Servicios para la adquisición y puesta en funcionamiento de
un nuevo Sistema de Control de Tránsito Aéreo compuesto de un Radar,
Comunicaciones para el control de tránsito aéreo y sistemas asociados,
correspondiendo dicha ampliación a la Revisión "B" por un total de U$S
9.208.000,00 (dólares estadounidenses nueve millones doscientos ocho mil
con 00/100) por un monto de € 6.000.000,00 (euros seis millones con
00/100), los cuales se obtuvieron en carácter de préstamo por parte del
Banco de la República Oriental del Uruguay, el cual fue habilitado por la
Ley 18.622 de 9 de noviembre de 2009.

IV) que el monto de U$S 9.208.000,00 (dólares estadounidenses nueve
millones doscientos ocho mil con 00/100) surge de la cotización estimada
previa a la Transferencia oportunamente efectuada por parte de la DINACIA
a la OACI de los referidos seis millones de euros, los cuales una vez
cambiados a la divisa norteamericana, correspondieron una cifra mayor a la
originalmente prevista, por lo cual los fondos reales totales del Proyecto
ascienden a U$S 9.411.895,00 (dólares estadounidenses nueve millones
cuatrocientos once mil ochocientos noventa y cinco con 00/100) arrojando
una diferencia financiera de U$S 203.895,00 (dólares estadounidenses
doscientos tres mil ochocientos noventa y cinco con 00/100), diferencia
que debe ser ajustada.

V) que se encuentra en curso la Licitación Internacional para adquirir el
Sistema de Control de Tránsito Aéreo compuesto por un nuevo Radar,
sistemas de comunicaciones aeronáuticas para el control de tránsito aéreo
y sistemas asociados para el Aeropuerto Internacional de Carrasco, los que
incluyen cursos de capacitación de alto costo en fábrica de los técnicos y
operadores de los sistemas de radar y comunicaciones de alta complejidad.

VI) que de la evaluación técnica realizada por consultores de la Oficina
de Cooperación Técnica de la OACI y de las ofertas correspondientes, surge
que el monto por el cual fuera ampliado el referido convenio resulta
insuficiente para adquirir el Sistema Integrado, ya que en el momento de
efectuarse las previsiones no se pudo tener en cuenta el colapso sufrido
por parte de la economía internacional, razón por la cual resulta
necesaria una nueva ampliación de los fondos previstos para la adquisición
de dicho Sistema, por un monto total estimado de U$S 1.600.000,00 (dólares
estadounidenses un millón seiscientos mil con 00/100).

VII) que a los efectos de cumplir con las obligaciones internacionales de
la República e incrementar los niveles de seguridad operacional en el
espacio aéreo nacional se torna imprescindible: A) realizar la migración
de la red de información aeronáutica AFTN al formato actual AMES por un
costo estimado en U$S 1.100.000,00 (dólares estadounidenses un millón con
00/100), B) adquisición de dos nuevos carros de lucha contra incendio para
los aeropuertos del interior de País, por un total estimado de U$S
660.000,00 (dólares estadounidenses seiscientos sesenta mil con 00/100),
C) realizar el "up grade" del Simulador de Tránsito Aéreo, a fin de que el
mismo pueda cumplir la tarea de "back up" del Sistema principal en caso de
falla general, por un total estimado de U$S 260.000,00 (dólares
estadounidenses doscientos sesenta mil con 00/100), D) realizar el "up
grade" del equipamiento de Fligth Check para calibración de radio ayudas a
la navegación aérea por un total de U$S 250.000,00 (dólares
estadounidenses doscientos cincuenta mil con 00/100), E) proceder a la
reestructura organizacional de la DINACIA a fin de adaptar la misma a los
requerimientos internacionales mediante la contratación de una consultoría
aeronáutica por un monto estimado de U$S 330.000,00 (dólares
estadounidenses trescientos treinta mil con 00/100).

VIII) que la DINACIA cuenta con disponibilidad suficiente en el PIP 933
"Seguridad Operacional" durante el período total de duración del Acuerdo,
a efectos de atender la mencionada revisión del mismo por un total de
hasta U$S 4.200.000,00 (dólares estadounidenses cuatro millones doscientos
mil con 00/100) dentro de las partidas presupuestales solicitadas al
momento de realizar la formulación del presupuesto quinquenal.

CONSIDERANDO: I) que es de aplicación en este caso lo dispuesto en el
literal E) del numeral 3) del artículo 33 del "TOCAF 1996" aprobado por el
Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997, el cual establece que podrá
contratarse directamente en el caso de adquisición de bienes que no se
produzcan o suministren en el País y que convenga efectuar por intermedio
de Organismos Internacionales a los que esté adherida la Nación.

II) que en Sesión de fecha 29 de diciembre de 2010, el Tribunal de Cuentas
realizó la intervención preventiva y acordó cometer al Contador Central
Delegado de dicho Tribunal destacado en el Ministerio de Defensa Nacional,
una vez que el Poder Ejecutivo disponga el gasto, la intervención de la
suma de los aportes de hasta U$S 1.300.000,00 (dólares estadounidenses un
millón trescientos mil con 00/100) para el año 2010 y de hasta U$S
1.450.000,00 (dólares estadounidenses un millón cuatrocientos cincuenta
mil con 00/100) para los años 2011 y 2012 respectivamente.

III) que resulta conveniente y necesaria la ampliación del Acuerdo de
referencia a los efectos de lograr el cumplimiento de las obligaciones
internacionales de la República y al fortalecimiento de la Seguridad
Operacional en el espacio aéreo nacional.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, por el
Departamento Jurídico-Notarial, Sección Notarial y por la Dirección
General de Recursos Financieros del Ministerio de Defensa Nacional y a lo
dispuesto por el literal E) del numeral 3) del artículo 33 del "TOCAF
1996" aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la ampliación del Acuerdo de Gestión de Servicios entre la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), con la
finalidad de ajustar las diferencias financieras por tipo de cambio
generadas, atender el incremento de costos en la adquisición de un nuevo
Sistema de Control de Tránsito Aéreo y sistemas asociados para el
Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso", realizar
las inversiones necesarias para actualizar y adquirir diversos
equipamientos y sistemas aeronáuticos reseñados en el RESULTANDO VII por
un monto de U$S 4.403.895,00 (dólares estadounidenses cuatro millones
cuatrocientos tres mil ochocientos noventa y cinco con 00/100) y a
efectuar la transferencia a la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI) por hasta un monto de U$S 4.200.000,00 (dólares
estadounidenses cuatro millones doscientos mil con 00/100) durante la
vigencia del Acuerdo en los términos del Anexo I que luce de fojas 267 a
270 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional
2008.04258-9, el cual se considera parte integrante de la presente
Resolución. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma
en el Diario Oficial correspondiente.

2

 Establécese que dicha erogación se atenderá con cargo al Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional", Programa 367 "Política Infraestructura
Aeronáutica" Unidad Ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica" Objeto del Gasto 581 del PIP 933 "Seguridad
Operacional" que cuenta con disponibilidad suficiente.

3

 Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente Resolución al
Tribunal de Cuentas, pase al Contador Central Delegado de dicho Tribunal
destacado en el Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección General de
Recursos Financieros, al Departamento Jurídico-Notarial, Sección Notarial
del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido, vuelva y
oportunamente archívese.

JOSÉ MUJICA - LUIS ROSADILLA - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO
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