DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. GRANDES TIENDAS MONTEVIDEO S.A.




Promulgación: 22/12/2010
Publicación: 21/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 2315

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 Los bienes que se incorporen con destino a la Obra Civil, para llevar a
cabo la actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en la
presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los efectos
de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de 8 años
para la Obra Civil realizada en Montevideo, y por el término de 10 años
para la Obra realizada en el Interior del país, a partir de su
incorporación y los bienes muebles de activo fijo por el término de su
vida útil. A los efectos del cómputo de los pasivos, los citados bienes
serán considerados activos gravados.
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