DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 15/02/2000
Publicación: 24/02/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 450
VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
para que sean declarados Monumentos Históricos los inmuebles ubicados en
la calle Rincón esquina Bartolomé Mitre, "La Llave S.A", solar 10, padrón
4572 y "Casa Mojana", solar 12, manzana 123 de la Ciudad Vieja, padrón
4574, departamento de Montevideo;

RESULTANDO: I) que en las primeras décadas de este siglo, en la Ciudad
Vieja, se concentraba la actividad comercial, momento de las grandes
tiendas, ferreterías y bazares;

II) que esta actividad comercial requirió un nuevo programa edilicio
ayudado por las nuevas técnicas constructivas que hacían eclosión en la
época, las cuales eran permitidas por el empleo del hierro y el vidrio;

III) que los edificios que ocuparon la ferretería "La Llave S.A." y la
"Casa Mojana" respectivamente constituyen un solo programa arquitectónico
que responden a grandes espacios de planta libre, la cual es interrumpida
únicamente por la presencia de mostradores de madera y columnas de hierro
que sostienen los niveles superiores y delimitan las distintas estancias
para muestra de los productos que en ellos se exhiben;

CONSIDERANDO: I) que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio
que preservando estos inmuebles se rescata un entorno estilísticamente
homogéneo, de grandes valores arquitectónicos con fuerte referencia
urbana y testimonio invaluable de toda una época de la ciudad de
Montevideo;

II) que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes
culturales que representan un importante valor patrimonial, accederá a lo
solicitado, declarando Monumento Histórico los edificios que
pertenecieron a la ferretería "La Llave S. A." y "Casa Mojana"
respectivamente ubicados en la calle Rincón esquina Bartolomé Mitre de la
ciudad de Montevideo;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 del
20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario 536 del 1 de agosto de
1972;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 DECLARASE Monumentos Históricos el inmueble padrón 4572, solar 10 que
perteneció a la ferretería "La Llave S.A," y el inmueble padrón 4574,
solar 12 de la manzana 123 de la Ciudad Vieja que perteneció a la
ferretería "Casa Mojana", ubicados en la calle Rincón esquina Bartolomé
Mitre, Ciudad Vieja, de la ciudad de Montevideo;

2

 LOS inmuebles quedarán afectados por las servidumbres dispuestas en el
artículo 8 de la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971;

3

 COMUNIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro de la
Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Dirección Nacional de Catastro, al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Administración Nacional
de Educación Pública (ANEP), a la Intendencia Municipal de Montevideo, a
la Junta Departamental de Montevideo, a la Comisión Permanente Municipal
de Ciudad Vieja y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación;

4

 CUMPLIDO vuelvan las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural
de la Nación para su registro y archivo;

SANGUINETTI - YAMANDU FAU
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