APROBACION DE RESULTADO DEL BOCETO DE CONDECORACION "PROTECTOR DE LOS PUEBLOS LIBRES GENERAL JOSE ARTIGAS"




Promulgación: 14/10/1975
Publicación: 30/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1082
                               AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: estos antecedentes por los cuales la Secretaría de la Presidencia
de la República eleva el fallo emitido por el Jurado que actuó en el
Concurso de Bocetos para la acuñación de la Condecoración "Protector de
los Pueblos Libres General José Artigas".

Resultando: I) Que cumplido en un todo lo exigido por las bases del
concurso, el referido Jurado emitió su fallo por unanimidad, respecto del
primer y segundo premios, y por mayoría respecto del tercero;

II) Que efectuada por el Jurado la apertura de los sobres que contenían
los datos personales de los autores de los bocetos premiados, se les
individualizó del siguiente modo:

 Primer Premio: Con el seudónimo "Eloy" a los señores arquitecto Pedro
Jorge Cracco Bernardín, señor Washington Omar Di Candia Lizarazú, señor
Eiser Fialco Irschberg, señor Oscar Enry Moreno y señor Alexis Gerardo
Sörensen Céspedes.

 Segundo Premio: Con el seudónimo "Roma", el señor César O. Bernasconi.

 Tercer Premio Con el seudónimo "Pelta" los señores arquitecto Pedro Jorge
Cracco Bernardín, señor Washington Omar Di Candia Lizarazú, señor Eiser
Fialco Hirschberg, señor Oscar Enry Moreno y señor Alexis Gerardo Sörensen
Céspedes.

Considerando: que es procedente dar aprobación a todo lo actuado.

Atento: a lo establecido en la ley 14.413, de 12 de agosto de 1975 y en la
resolución del Poder Ejecutivo 1.528/975 de fecha 11 de setiembre de 1975,

El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

Apruébase el fallo emitido por el Jurado actuante en el Concurso de
Bocetos para la Acuñación de la Condecoración "Protector de los Pueblos
Libres General José Artigas".

2

En su mérito otórganse los siguientes premios: el primero, consistente en
la cantidad de N$ 5.000.00 (nuevos pesos cinco mil), a los señores
arquitecto Pedro Jorge Cracco Bernardín, señor Washington Omar Di Candia
Lizarazú, señor Eiser Fialco Irschberg, señor Oscar Enry Moreno y señor
Alexis Gerardo Sörensen Céspedes; el segundo, consistente en la cantidad
de N$ 3.500.00 (nuevos pesos tres mil quinientos), al señor César O.
Bernasconi; el tercero, consistente en la cantidad de N$ 2.000.00 (nuevos
pesos dos mil), a los señores arquitecto Pedro Jorge Cracco Bernardín,
señor Washington Omar Di Candia Lizarazú, señor Eiser Fialco Hirschberg,
señor Oscar Enry Moreno y señor Alexis Gerardo Sörensen Céspedes.

3

Las cantidades antes mencionadas serán atendidas en la forma establecida
en los artículos 14º y 16º de la ley 14.276, de 27 de setiembre de 1974.

4

Comuníquese, etc.

   BORDABERRY - DANIEL DARRACQ - JUAN CARLOS BLANCO
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