VISTO: la solicitud de la empresa LIBRERÍAS DEL LITORAL S.A. con número de
RUT 180055170018, de obtener la declaratoria promocional para la actividad
que se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo la apertura de
nuevas sucursales y la incorporación de equipamiento, equipos de
computación, instalaciones y vehículos utilitarios;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por LIBRERÍAS DEL LITORAL S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1.248, del 10 de
agosto de 2010;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS,
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
LIBRERÍAS DEL LITORAL S.A., tendiente a la apertura de nuevas sucursales y
la incorporación de equipamiento, equipos de computación, instalaciones y
vehículos utilitarios, por un monto de UI 3.492.046.