TRANSFERENCIA DE ACCIONES. FRECUENCIA 90.3 (CANAL 212). FRECUENCIA 1450 KHZ. PARAIBA S.A. NICOLAS ZALCBERG WEISZ. SEBASTIAN ZALCBERG GHELMAN




Promulgación: 09/04/2018
Publicación: 20/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Resolución Nº 58/020 de 31/01/2020 numeral 1 (modifica el Resultando 
III) estableciendo que la sociedad es PARAIBA S.A.).
   VISTO: La solicitud de autorización presentada por el Sr. Nicolás Zalcberg Weisz, para transferir el 50% acciones que posee en la sociedad "PARAIBA S.A.", a favor del Sr. Sebastián Zalcberg Ghelman;

   RESULTANDO: I) Que por resolución del Poder Ejecutivo de 11 de setiembre de 2017, se autorizó la realización del negocio definitivo de transferencia del 50% del paquete accionario de la empresa "PARAIBA S.A." a favor del Sr. Sebastián Zalcberg Ghelman;

   II) Que por la precitada resolución se estableció, que conforme a lo dispuesto por el artículo 109 inciso 6 de la Ley No. 19.307 de 29 de diciembre de 2014, en el plazo de cuatro meses debía acreditarse, en forma fehaciente, la realización del negocio definitivo, so pena de caducidad de la autorización conferida;

   III) Que con fecha 12 de octubre de 2017, los interesados acreditaron, en forma fehaciente, el negocio de transferencia del 50% de las acciones, que posee Nicolás Zalcberg Weisz en la sociedad EMISORA ANSINA S.A., a favor de Sebastián Zalcberg Ghelman;

   CONSIDERANDO: I) Que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, con fecha 5 de marzo de 2018, informa favorablemente, sugiriendo autorizar la transferencia solicitada;

   II) Que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, en virtud de lo expuesto y en atención al informe favorable que antecede, sugiere resolver en los términos solicitados;

   ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en la Ley No. 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley No. 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley No. 19.307 de 29 de diciembre de 2014, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizase la transferencia del 50% de las acciones que detenta el Sr. Nicolás Zalcberg Weisz en la empresa PARAIBA S.A., titular de las emisora que operan en las frecuencias 90.3 MHz. (canal 212) y 1450 KHz ambas de Montevideo, a favor del Sr. Sebastián Zalcberg Ghelman.

2

   Establécese que la empresa PARAIBA S.A quedará integrada por el Sr. Sebastián Zalcberg Ghelman, con el 100% del paquete accionario.

3

   Otórguese el plazo de 30 días, a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución, para que la parte interesada registre la transferencia de acciones, en el Libro de Registro de Acciones de la sociedad PARAIBA S.A, extremo que deberá de acreditarse ante Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

4

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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