VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
para que se autorice la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica 040/003 de 24 de marzo de 2003.-
RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa
brasilera "Aerolíneas Brasileras S.A.", a explotar los servicios de
transporte aéreo no regular de carga pura desde puntos de la República
Federativa del Brasil y puntos del territorio uruguayo con derechos de
3ra. y 4ta libertad.-
CONSIDERANDO: I) que el solicitante dio cumplimiento a los requisitos
previstos en el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.-
II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con las
previsiones del artículo 2do. del Decreto 1.124/941 de 4 de junio de
1941.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo
1ro. del Decreto 269/978 de 16 de mayo de 1978, a lo recomendado por el
Comando General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión
Nacional de Política Aeronáutica y a lo informado por la Asesoría Letrada
del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Apruébase en los términos del artículo 2do. del Decreto del Poder
Ejecutivo 1.124/941 de 4 de junio de 1941, la Resolución de la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 040/003 de 24 de
marzo de 2003 por la cual se autorizó a la empresa brasilera "Aerolíneas
Brasileras S.A" a explotar Ios servicios de transporte aéreo no regular
de carga pura desde puntos de la República Federativa del Brasil y puntos
del territorio uruguayo con derecho de 3ra. y 4ta. libertad.- (*)