DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE INVERSION DE COMPAÑIA INDUSTRIAL COMERCIAL DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 25/07/1979
Publicación: 06/08/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 322
  Visto: la solicitud de la firma CICSSA, tendiente a obtener al amparo de
la ley 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974, la
declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone realizar
según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.

  Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la modernización de
la planta industrial y modificaciones para optimizar los sistemas térmicos
utilizados en la fabricación de cartón corrugado, tela asfáltica, etc., a
los efectos de obtener un beneficio mayor, tanto cualitativa como
cuantitativamente en los mismos;

II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por CICSSA.

  Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder
a lo solicitado por la firma CICSSA por cuanto el proyecto es viable
técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan Nacional
de Desarrollo en cuanto mejora la calidad de los productos y reduce los
consumos de fuel-oil sustituyéndolo por leña.

  Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del
28 de marzo de 1974,

                    El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por CICSSA para la modernización de su planta de producción y
modificación de sus sistemas térmicos.

2

   Exonérase en forma total a la empresa CICSSA de recargos incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas portuarias,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos,
y, en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del siguiente equipamiento declarado no competitivo nacional:

- Una (1) bomba centrífuga completa con su motor eléctrico y todos sus
  accesorios.
- Un (1) motor eléctrico con sus accesorios.
- Un (1) arrancador estrella - triángulo y sus accesorios.
- Una (1) grúa forestal, montada sobre tractor (incluido) completa con
  todos sus accesorios.
- Doscientas setenta y dos (272) grillas.
- Dieciocho (18) soportes.
- Tres (3) tableros eléctricos completos con todos sus componentes y
  accesorios.
- Un (1) panel transformador.
- Un (1) ducto de barras para baja tensión.
- Setecientos (700) metros de cable para baja tensión unipolar.
- Doscientos (200) metros de cable de cobre.
- Un (1) cabezal corrugador con sus accesorios.
- Seis (6) juegos de lunetas superiores e inferiores.
- Un (1) juego de carbones para junta rotativa.
- Seis (6) rodamientos.
- Un (1) manchón acoplamiento.
- Una (1) prensa enfardadora hidráulica completa con todos sus
  accesorios.
- Un (1) compresor de aire con todos sus accesorios.
- Tres (3) lluvias oscilantes para agua fresca a alta presión y
  accesorios.
- Tres (3) flexibles para alta presión.
- Tres (3) ralays y accesorios.
- Tres (3) filtros y sus accesorios.
- Tres (3) lluvias estacionarias con todos sus accesorios.
- Tres (3) filtros en bronce-cobre con sus accesorios.
- Dos (2) conjuntos de repuestos para lluvias de limpieza.
- Tres (3) conjuntos de repuestos para filtros.
- Un (1) conjunto de repuestos para bomba.
- Una (1) bomba y sus accesorios.
- Un (1) motor eléctrico-trifásico.
- Un (1) equipo auxiliar para la bomba.
- Un (1) filtro para la alimentación de la bomba.
- Tres (3) cajas de succión con sus accesorios.
- Tres (3) repuestos para los labios de la caja.
- Cinco (5) lluvias con toberas autolimpiantes completas cada una con
  sus accesorios.
- Cinco (5) flexibles.
- Diez (10) kits de repuestos para las toberas.
- Un (1) embrague mecánico y sus accesorios.
- Dos (2) compresores de aire completos cada uno de ellos con sus
  respectivos accesorios.
- Veintiún (21) bomba, centrífugas completas cada una de ellas con sus
  respectivos motores eléctricos y todos sus accesorios.
- Un (1) conjunto de rulemanes industriales.
- Un (1) conjunto de acoplamiento.
- Un (1) conjunto de rejillas.
- Un (1) transformador de corriente y sus accesorios.
- Siete (7) válvulas y sus accesorios.
- Tres (3) motores completos cada uno con sus respectivos accesorios.
- Veinte (20) metros de malla de cobre.
- Seis (6) llaves de límite.
- Dos (2) temporizadores.
- Once (11) microruptores.
- Un (1) amperímetro y sus accesorios.
- Veinte (20) reguladores de presión de aire.
- Un (1) regulador de consistencia.
- Dos (2) cojinetes con camisa de enfriamiento.
- Un (1) cabezal para bomba.
- Seis (6) fusibles.
- Un (1) conjunto de cañerías de acero inoxidable de varios diámetros y
  espesores.
- Un (1) torno mecánico.
- Un (1) conjunto completo de desmineralizador de agua de caldera con sus
  respectivos accesorios e instrumentos.
- Once (11) motores eléctricos completos cada uno con sus respectivos
  accesorios.
- Trece (13) zarandas completas cada una de ellas con su respectivo motor
  eléctrico y todos sus accesorios.
- Un (1) ultradesfibrador completo con todos sus accesorios.
- Seis (6) juegos de cuchillas y maderas para el cono del refinador.
- Seis (6) juegos de cubetas y maderas para el refinador.
- Sesenta (60) cuchillas para limpieza de los secantes.
- Ocho (8) cajas de succión completas cada una con sus respectivos
  accesorios.
- Una (1) zaranda completa con su motor eléctrico y todos sus accesorios
  incluido un (1) sistema de eliminación de rechazo, un (1) protector de
  salpicaduras, un (1) conjunto de rieles de desplazamiento del motor, un
  (1) plato perforado de repuesto y un (1) conjunto de cañerías de
  alimentación.
- Tres (3) arrancadores de tensión reducida.
- Tres (3) electromotores asincrónicos trifásicos completos cada uno de
  ellos con sus respectivos accesorios.
- Un (1) carrete tirasoga completo con su motor eléctrico y todos sus
  accesorios.
- Un (1) sistema depurador completo con todos sus accesorios.
- Dos (2) cilindros formadores completos con todos sus componentes y
  accesorios.
- Dos (2) depuradores completos con todos sus accesorios.
- Un (1) refinador completo con todos sus accesorios.
- Un (1) motor trifásico con sus accesorios.
- Un (1) reductor de voltaje con sus accesorios.
- Cuatro (4) fieltros de fibra sintética y accesorios.
- Un (1) conjunto de fieltros secadores con accesorios.
- Un (1) eje.
- Un (1) cono esloteado para cuchillas y sus accesorios.
- Un (1) aro para cuchillas con sus accesorios.
- Un (1) conjunto de repuestos para turbina de vapor.
Referencias al numeral

3

   Exonérase en forma total a la empresa CICSSA de recargos incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la
Importación, Tasa de Movilización de Bultos y, en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento declarado competitivo nacional:

- Un (1) transformador de potencia completo con todos sus accesorios.
- Un (1) conjunto de válvulas diversas cada una de ellas completas con
  todos sus accesorios.
Referencias al numeral

4

   Exonérase el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria que grave las
operaciones de crédito y garantías previstas para la ejecución del
proyecto, por los 3 primeros años a partir de la presente resolución. Esta
exoneración no comprende el adicional establecido en el artículo 2º del
Título 23 del Texto Ordenado - 1976.

5

   Exonérase de todo tributo la ampliación de capital e inscripción
respectiva, de la sociedad anónima Compañía Industrial Comercial del Sur,
y la emisión de acciones en el monto necesario para la ejecución del
proyecto dentro de un plazo de 3 años a partir de la presente resolución.

6

   Exonérase a CICSSA en forma total del monto a abonar a UTE por concepto
de contribución de línea exterior para atender el suministro eléctrico
previsto en el proyecto.

7

   A los efectos del control y seguimiento, la empresa CICSSA deberá
documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante
los años 1 a 4 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos
y en valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio de toda
otra información que le sea requerida.

8

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación a los proyectos
declarados de Interés Nacional.

9

   Comuníquese, etc.

  APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - JULIO CESAR LUPINACCI - VALENTIN
ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON - HEBERT ARBUET VIGNALI
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