VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de julio de 2010, por
la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de la
empresa DEVOTO HNOS. S.A., con número de RUT 210297450018;
RESULTANDO: que la empresa solicita se incluya en el numeral 6° de la
mencionada resolución la exoneración del Impuesto al Patrimonio de la obra
civil justificando dicho pedido en que la Administración cometió un error
al redactar la mencionada norma;
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Economía y Finanzas informa que la
empresa al solicitar los beneficios fiscales omitió incluir la exoneración
en cuestión, no encontrando impedimentos para acceder a lo solicitado;
II) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de la Ley 16.906,
de 7 de enero de 1998, decide recomendar al Poder Ejecutivo acceder a lo
solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1.248, del 10 de
agosto de 2010;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS,
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 1.058/010 de 05/07/2010
numeral 5.