ADJUDICACION DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL N° 18/2017. EJECUCION DE LAS OBRAS EN RUTA 7




Promulgación: 09/04/2018
Publicación: 20/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la Licitación Pública Internacional N° 18/2017, convocada por la Dirección Nacional de Vialidad, para la ejecución de las obras en "Ruta N° 7 tramo: 179km000 -204km000".

   RESULTANDO: I) Que por Resolución Ministerial de fecha 23 de agosto de 2017 se aprobó el Pliego de Condiciones Particulares, que sirvió de base a la licitación de que se trata, demostrando el Banco Interamericano de Desarrollo, como Organismo de Financiamiento, su conformidad al mismo.

   II) Que al citado llamado a Licitación se presentaron los siguientes oferentes: 1) CONCAY S.A., 2) MELITER S.A., 3) COLIER S.A., 4) TRAXPALCO S.A., 5) CVC S.A., 6) IMPACTO CONSTRUCCIONES S.A., 7) RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., 8) BERSUR S.R.L. y, 9) HERNÁNDEZ Y GONZÁLEZ S.A.; según surge del Acta de fecha 27 de octubre de 2017, que obra de fojas 124 a 126 de autos.

   III) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de Obras de Vialidad, al proceder al estudio de las ofertas presentadas recomienda adjudicar a la firma COLIER S.A., por el precio de $ 193:037.753,61 (pesos uruguayos ciento noventa y tres millones treinta y siete mil setecientos cincuenta y tres con sesenta y un centésimos), con IVA, Leyes Sociales y descuentos incluidos, por el plazo de 12 (doce) meses, ya que: a) se ajusta sustancialmente con los documentos de licitación, b) cumple con los criterios de evaluación y calificación que se especifican en la Sección III del Pliego de Condiciones.

   IV) Que por nota de fecha 27 de diciembre de 2017 el Banco Interamericano de Desarrollo como Organismo de Financiamiento, no formula objeciones a la adjudicación propuesta.

   V) Que conforme a lo establecido en el artículo 67 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, aprobado por el Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012, se procedió a dar vista de las presentes actuaciones a los oferentes, sin que estos formularan observaciones.

   VI) Que el Departamento Contaduría ha emitido los documentos de Afectación del Gasto Nos. 199/2018 y 200/2018.

   VII) Que el Tribunal de Cuentas de la República (E.E. N° 2018-17-1-0001107, Ent. N° 933/18), ha tomado la intervención que le compete, sin formular observaciones al respecto.

   ATENTO: a lo establecido por el Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, aprobado por el Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012 y lo estipulado por el Pliego de Condiciones Particulares, que sirve de base a la licitación de que se trata.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

                                RESUELVE:

1

   Adjudícase a la firma COLIER S.A., por un plazo de 12 (doce) meses, el llamado a Licitación Pública Internacional N° 18/2017, convocado por la Dirección Nacional de Vialidad, para la ejecución de las obras en "Ruta N° 7 tramo: 179km000 - 204km000", por la suma de $ 193:037.753,61  (Pesos Uruguayos ciento noventa y tres millones treinta y siete mil setecientos cincuenta y tres con sesenta y un centésimas), con IVA, Leyes Sociales y descuentos incluidos.

2

   Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $ 212:341.558,97 (pesos uruguayos doscientos doce millones trescientos cuarenta y un mil quinientos cincuenta y ocho con noventa y siete centésimos), la que se discrimina de la siguiente manera: $ 145:458.311,03 para Contrato; $ 32:000.858,43 para I.V.A. (22%), $ 15:578.614,15 para Leyes Sociales y $ 19:303.775,36 para Imprevistos (10%).
   Dicho importe, más los Mayores Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750.

3

   La notificación a la firma adjudicataria constituirá a todos los efectos legales el Contrato, mientras se prepara y perfecciona un contrato formal.

4

   Establécese asimismo, que la firma contratista deberá constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares que rige la presente licitación. La falta de cumplimiento de las exigencias precedentes hará caducar los derechos del adjudicatario al respecto.

5

   Comuníquese y siga a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de proceder a la intervención contable del caso; fecho siga al Contador Central delegado por la Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la República, destacados en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Cumplido, vuelva a la citada unidad ejecutora para notificación de los interesados y proceder según lo establece el Decreto N° 526/003 de 18 de diciembre de 2003 y demás efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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