HOMOLOGACION DE CONVENIOS COLECTIVOS RELATIVOS A LA INCORPORACION DE LAS EMPRESAS INVERSIONES PORTUARIAS URUGUAYAS S.A. Y STARFICH S.A., AL FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACION Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS)




Promulgación: 27/06/2023
Publicación: 10/07/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de homologación de Convenios Colectivos presentados por el Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS);

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 615/018, de fecha 26 de noviembre de 2018, se aprobó el proyecto de modificación del Estatuto presentado por el Fondo de Ayuda Social para el Personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS);

   II) que el artículo 22 del citado Estatuto prevé la incorporación de empresas que no hayan suscrito inicialmente el convenio colectivo siempre que se cumplan las condiciones de: a) ser integrante del Centro de Navegación; b) formular convenio colectivo entre la empresa y su personal, c) voto conforme de la mayoría de los miembros del Consejo Directivo, d) la efectividad de la incorporación quedará sujeta a la condición suspensiva de la aprobación del convenio colectivo por parte del Poder Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el último inciso del artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975 en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011;

   III) que se suscribieron los Convenios Colectivos que se detallan a continuación: Convenio Colectivo de fecha 16 de noviembre de 2022 entre Inversiones Portuarias Uruguayas S.A., Centro de Navegación y Sindicato Único de Portuarios y Ramas Afines (SUPRA), Convenio Colectivo de fecha 29 de noviembre de 2022 entre Starfish S.A., Centro de Navegación y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA);

   IV) que, del informe de la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social, de fecha 27 de abril de 2023, surge que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos dispuestos por el artículo 22 del citado Estatuto;

   CONSIDERANDO: I) que el artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011 establece que se podrán constituir cajas de auxilio o seguros convencionales de enfermedad por convenio colectivo y que dicho convenio deberá presentarse ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, acompañado de un estudio técnico que demuestre la viabilidad financiera del seguro convencional para su homologación por el Poder Ejecutivo;

   II) que el artículo 32 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011, establece que una vez homologado el convenio colectivo por el Poder Ejecutivo, registrado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publicado en el Diario Oficial será de aplicación obligatoria para todos los empleadores y trabajadores del nivel de negociación respectivo;

   III) que el artículo 22 del Estatuto del Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) establece las formalidades para nuevas incorporaciones a dicha entidad;

   IV) que ajustándose a las previsiones legales y reglamentaciones, corresponde homologar los Convenios Colectivos presentados;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones del artículo 22 del Estatuto del Fondo de Ayuda Social para el Personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) así como del artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011 y del artículo 32 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Homológanse los convenios colectivos por los cuales el personal de las empresas INVERSIONES PORTUARIAS URUGUAYAS S.A. y STARFISH S.A. se incorporan al FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACIÓN Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS).

2

   Regístrese ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial.

3

   Notifíquese, cumplido archívese.

   LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES
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