ESTABLECESE que el Comité Nacional de Articulación y Seguimiento de la
Educación de Personas Jóvenes y Adultas tendrá los siguientes cometidos:
1. Divulgar los documentos, recomendaciones y acciones, en el marco de
la EPJA (CONFINTEA VI y RIEJA) ya realizados o que se organicen en
ese contexto.
2. Promover la reflexión y el debate sobre la importancia de estos
documentos, recomendaciones y acciones relacionadas a la educación
de personas jóvenes y adultas en el Uruguay.
3. Coordinar la participación de Uruguay en las diferentes actividades
nacionales e internacionales.
4. Recibir y elaborar, propuestas, recomendaciones y documentos que
orienten la participación nacional en las actividades
internacionales, así como que se constituyan en una referencia en
el país para la formulación de políticas públicas, en general y
educativas en particular.
5. Elaborar y ejecutar un seguimiento de las recomendaciones y metas
acordadas en la CONFINTEA VI y en la RIEJA.
6. Elaborar un informe anualmente que incluya conclusiones y
comentarios acerca de los avances, logros y dificultades, en la
implementación de las recomendaciones formuladas por la CONFINTEA
VI y la RIEJA así como de los compromisos y acciones desarrollados
por Uruguay en materia de EPJA.