APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE LA REPUBLICA DE LETONIA. MONTEVIDEO. REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY




Promulgación: 04/04/2011
Publicación: 14/04/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 680
VISTO: la Nota Verbal N° 54/646-4995 de fecha el 14 de diciembre de 2010
remitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores a la Embajada de la
República en Suecia, por la cual comunica su intención de establecer un
Consulado de Distrito en la ciudad de Montevideo - con jurisdicción en
todo el territorio de la República - solicitando asimismo el
correspondiente beneplácito de estilo para nombrar al Dr. Miguel Ángel
Loinaz Ramos para ocupar el cargo de Cónsul Honorario de dicho país en esa
ciudad;

CONSIDERANDO: que no existe reserva alguna que oponer al propósito de la
República de Letonia, en el sentido indicado;

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en los artículos 4, 11, 18, 19 y
22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de
abril de 1963, en el artículo 168, numeral 15° de la Constitución de la
República y a lo informado por la Dirección General para Asuntos Políticos
y Dirección de Asuntos Consulares de este Ministerio;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la apertura del Consulado de Distrito de la República de
Letonia en la ciudad de Montevideo, con jurisdicción sobre todo el
territorio de la República.

2

 Reconócese al Dr. Miguel Ángel Loinaz Ramos en calidad de Cónsul
Honorario de la República de Letonia en la ciudad de Montevideo.

3

 El presente reconocimiento es otorgado conforme lo dispuesto en el
artículo 22 numeral 2 de la Convención de Viena sobre Relaciones
Consulares de fecha 24 de abril de 1963.

4

 Expídasele la documentación correspondiente.

5

 Comuníquese, etc.

JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO
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