DECLARATORIA PROMOCIONAL. PROYECTO DE INVERSION DE DOFIN S.A.




Promulgación: 02/02/2005
Publicación: 11/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 277

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 Otórgase a la firma DOFIN S.A. la exoneración prevista en el art. 1o.
del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de 1984, con la redacción dada
por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta
un monto máximo generador de dicha exoneración, de US$ 137.220, que será
aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1°/06/04 y el
31/05/06.
En virtud del art. 3o. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento de
la ampliación del proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del
ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o. La empresa DOFIN
S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las modificaciones estatutarias
y trámites que sean necesarios ampliando el capital autorizado y emitir
las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso
1o. del presente numeral, hasta el día 31/05/07.
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