VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo No. 46112 de fecha 29 de mayo de
1962 por la cual se declaró el día 20 de octubre "Día del Funcionario de
Salud Pública";
RESULTANDO: I) que dicha declaración tiene como objetivo exaltar la alta
finalidad social y la trascendencia de la obra que llevan a cabo con
abnegación los funcionarios del Ministerio de Salud Pública;
II) que se entiende pertinente que dicha fecha sea conmemorada
declarándose día no laborable para la totalidad de los funcionarios de la
mencionada Secretaria de Estado, sin perjuicio del régimen de guardias
correspondientes;
CONSIDERANDO: que corresponde proceder en consecuencia;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 44
de la Constitución de la República y por los artículos 2º numeral 6º, 3º
y 34º y siguientes de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública No.
9.202 de 12 de enero de 1934;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Establécese que el día 20 de octubre, "Día del Funcionario de Salud
Pública", destinado a exaltar la alta finalidad social de la misión de
aquel personal; será dedicado a valorar la trascendencia y la abnegación
de la obra que llevan a cabo los funcionarios del Ministerio de Salud
Pública y generará un día compensatorio, que el funcionario podrá gozar
cuando lo solicitare, siempre que las necesidades del servicio donde
prestare funciones lo permitiere a juicio del Director de la Unidad
Ejecutora correspondiente.
Cúrsese oficio a la Administración Nacional de la Enseñanza pública
exhortando a que en la fecha señalada se dé lectura en todos los Centros
Educativos que integran sus dependencias, a una página alusiva a la fecha
señalada, dedicando unos minutos a destacar la labor humanitaria
desarrollada por el personal dependiente del Ministerio de Salud Pública,
instruyendo brevemente a los alumnos respecto del deber constitucional de
todo habitante de la República de asistirse en caso de enfermedad y del
correcto uso de los servicios asistenciales públicos, así como la vía
para acceder a los mismos.