VISTO: la solicitud de la empresa SUCESION CARLOS SCHNECK S.A., referente a la faena y procesamiento de carne bovina con y sin hueso, enfriada y congelada, transfiriendo parte de la carne desosada al sector de la fábrica de productos chacinados, así como también a la fabricación de hamburguesas, con la finalidad de obtener la declaratoria promocional
para la actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión
y la concesión de diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la
incorporación de nuevo equipamiento con la finalidad de aumentar la capacidad de producción de hamburguesas y su colocación tanto en el mercado interno como en otros mercados del exterior;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º. de la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por SUCESION CARLOS SCHNECK S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por SUCESION CARLOS SCHNEK S.A., referente a la faena y procesamiento de
carne bovina con y sin hueso, enfriada y congelada, transfiriendo parte
de la carne desosada al sector de la fábrica de productos chacinados, así
como también a la fabricación de hamburguesas.