DECLARATORIA PROMOCIONAL. PROYECTO DE INVERSION DE FEDESIR S.A.




Promulgación: 02/02/2005
Publicación: 11/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 271
VISTO: la solicitud de la empresa FEDESIR S.A., tendiente a ampararse al
Decreto No. 306 de 20 de agosto de 2004 en el sentido de prorrogar el
beneficio previsto por el art. 1°. del Decreto Ley 15.548 del 17 de mayo
de 1984, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley 15.903 de 10 de
noviembre de 1987, en la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de
diciembre de 2000, por la que se declaró promovida la actividad de su
proyecto de inversión;

RESULTANDO: realizado el análisis por la Dirección Nacional de Industrias
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, se verificó que la
empresa cumple con las condiciones establecidas en el mencionado
Decreto;

CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 de 28
de marzo de 1974, en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998 y en el
Decreto No. 306 de 20 de agosto de 2004;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Modifícase el inciso 1° del numeral 3° de la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 28 de diciembre de 2000, por la que se declaró
promovida la actividad del proyecto de inversión de la empresa FEDESIR
S.A., en el sentido de prorrogar el plazo allí establecido hasta el
30/11/2006 por un monto imponible máximo de US$ 145.000.

BATLLE - JOSE VILLAR - ISAAC ALFIE
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