VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA) - por la cual solicita sea aprobada la Resolución de la
Dirección Nacional citada 184/03 de fecha 18 de agosto de 2003.-
RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó provisoriamente
a la empresa AVIACION INTERAMERICANA S.A., a operar servicios de
transporte aéreo público internacional no regular y regular de pasajeros,
correo y carga entre puntos del territorio de la República Oriental del
Uruguay y puntos de las Repúblicas Argentina, Federativa del Brasil, de
Chile, del Paraguay y Estados Unidos de América.-
CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de
26 de abril de 1974.-
II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo 15
bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional
de Política Aeronáutica y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Apruébase la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 184/03 de fecha 18 de agosto de 2003 por la
cual se autorizó a la empresa AVIACION INTERAMERICANA S.A., a operar
servicios de transporte aéreo público internacional no regular y regular
de pasajeros, correo y carga entre puntos del territorio de la República
Oriental del Uruguay y puntos de las Repúblicas Argentina, Federativa del
Brasil, de Chile, del Paraguay y Estados Unidos de América.-