A los efectos del control y seguimiento, la empresa Antisonit S.A.
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 1 a 11 años de la puesta en marcha del proyecto, los
volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los exportados, sin
perjuicio de toda otra información que le sea requerida.