CONDECORACION PROTECTOR DE LOS PUEBLOS LIBRES GENERAL JOSE ARTIGAS




Promulgación: 11/09/1975
Publicación: 23/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 674
                            AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: que por ley 14.413 de 12 de agosto de 1975, se creó la
Condecoración "Protector de los Pueblos Libres Generales José Artigas" y
se encomendó al Poder Ejecutivo la determinación de sus características y
demás aspectos de ejecución de la ley.

Resultando: que a fin de dar debido cumplimiento a lo señalado
precedentemente, es menester proceder a un llamado público a concurso de
bocetos entre artistas para la determinación del diseño de la
Condecoración creada por dicha ley.

Considerando: I) Que, a tales efectos, es conveniente proceder a la
aprobación de las respectivas bases del Concurso de bocetos;

II) Que la institución de la Condecoración "Protector de los Pueblos
Libres General José Artigas", es uno de los homenajes con que se celebra
el Sesquicentenario de los Hechos Históricos de 1825 y, como tal, la
iniciativa de su creación partió de la Comisión Nacional de Homenaje del
Sesquicentenario creada por la ley 14.276 de 27 de setiembre de 1974;

III) Que, en tal sentido, la referida Comisión Nacional de Homenaje del
Sesquicentenario ha hecho saber a este Poder Ejecutivo que es su
aspiración el financiar los gastos que se devengaren por concepto del
estudio, diseño y acuñación de la referida Condecoración.

Atento: a lo establecido precedentemente,
El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

Apruébanse las bases del Concurso de bocetos para la determinación del
diseño de la Condecoración "Protector de los Pueblos Libres General José
Artigas" redactadas en los papeles administrativos Series D.n. Números:
del 483.158 al 483.162 inclusive. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al numeral

2

Practíquese por la Secretaria de la Presidencia de la República a quien se
comete, el llamado a concurso público de bocetos sobre las bases
aprobadas.

3

Desígnase en carácter de Escribano delegado del Poder Ejecutivo a la
Escribana Adjunta de la Escribanía de Gobierno y Hacienda, escribana
señora Filomena Macellaro de Martí.

4

Los gastos que demanden el concurso, sus premios y la acuñación de la
Condecoración, se atenderán en la forma establecida en los artículos 14º y
16º de la ley 14.276, de 27 de setiembre de 1974.

5

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - DANIEL DARRACQ
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