VISTO: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales, solicitando la aprobación de las tarifas
generales de sus servicios;
RESULTANDO: I) que las tarifas generales de los servicios deben ser
actualizadas conforme a la evolución de los costos de modo de asegurar
que los mismos resulten cubiertos, con un margen de utilidad razonable;
II) Que la evolución de dichos costos coincide con el coeficiente de
variación del Indice General de Precios al Consumo y en esta oportunidad
por iniciativa de esa Dirección la tarifa no se incrementará en función
de dichos costos;
III) que las Tarifas deben incrementarse con el Impuesto al Valor
Agregado debido a la naturaleza de la actividad que desarrolla a partir
de la publicación de la presente resolución;
IV) que no existen objeciones contables que se opongan a lo solicitado;
CONSIDERANDO: I) Lo informado por la Dirección General Impositiva y la
asesoría jurídica de la Presidencia de la República.
II) que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 16.736 de fecha 5 de enero
de 1996, en su art. 341, art. 4º Literal C, corresponde al Director
Nacional proponer para su aprobación las tarifas de sus servicios;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y lo establecido del artículo 341
de la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
FIJANSE las siguientes tarifas para la publicación de Avisos, Edictos
Judiciales, Pago de Suscripciones, Precio de Venta de Ejemplares, etc.
que realice la Dirección del Diario Oficial, los que regirán a partir de
la publicación de la presente resolución:
I.V.A. I.V.A.
incluido
- Avisos Judiciales por publicación
(el centímetro - veinte palabras) $ 18 $ 4,14 $ 22,14
- Avisos Estatales y Particulares
(el centímetro - veinte palabras) $ 42 $ 9,66 $ 51,66
- Balances, por cada línea medida
14 cíceros o equivalentes $ 30 $ 6,90 $ 36,90
- Estatutos y Reformas de Sociedades
Anónimas y Sociedades de Resp.
Ltda. el centímetro $ 247 $ 56,81 $ 303,81
- Edictos Matrimoniales $ 127 $ 29,21 $ 156,21
PUBLICACIONES BONIFICADAS
- Estatutos de Cooperativas: 50% sobre tarifas
de Sociedades Anónimas.
- Propiedad Literaria y Artística: 50% sobre tarifas
de Avisos Particulares.
- Patentes de Invención: 25% sobre tarifas
de Avisos Particulares.
PUBLICACIONES GRATUITAS
- Pérdidas de Patria Potestad: Ley Nº 13.209, Art. 2º
- Bien de Familia: Ley Nº 15.597, Art. 16.
- Rectificación de Partidas: Ley Nº 16.170, Art. 340.
SUSCRIPCIONES Y EJEMPLARES
- Retirando los ejemplares en IMPO, mensual $ 435
- Reparto al Interior, mensual $ 491
- Exterior, mensual $ 1,044
- Retirando los ejemplares en IMPO, semestral $ 2,447
- Reparto al Interior, semestral $ 2,763
- Exterior, semestral $ 6,036
Si en el transcurso del semestre se viera modificada la forma de
distribución en el interior los precios se incrementarán en un 15%.-
EJEMPLARES
- Del día $ 22
- Atrasados $ 29
- Atrasados más de 15 días $ 35
- Atrasados más de 1 año $ 68
- Fotocopias, la página $ 16 $ 3,68 $ 19,68
FIJASE el precio por minuto de consulta a la información contenida en el
Banco Electrónico de Datos de la Dirección Nacional de Impresiones y
Publicaciones Oficiales comprensiva de las leyes, decretos y resoluciones
del período 1975 a la fecha publicados en el Registro Nacional de Leyes y
Decretos y el Diario Oficial en $ 4,60 más I.V.A.