HOMOLOGACION DE MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO EN EL MARCO DEL SISTEMA DE COOPERACION ENTRE LAS FUERZAS AEREAS DE URUGUAY Y ARGENTINA




Promulgación: 23/10/2001
Publicación: 30/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 990
Ver vigencia: Resolución Nº 1.033/003 de 05/08/2003 numeral 2.
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea 
para la aprobación del Memorándum de Entendimiento suscrito el 4 de mayo 
de 2001 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Uruguaya en el 
marco del Sistema de Cooperación de Fuerzas Aéreas Americanas 
(SICOFAA).-

RESULTANDO: I) que el objeto del presente Memorándum es regular y 
facilitar las condiciones de sobrevuelo y/o aterrizaje y/o acuatizaje de 
aeronaves militares pertenecientes a una Fuerza en el territorio y aguas 
jurisdiccionales de la otra sobre la base del principio de cooperación y 
reciprocidad.-

II) que es aplicable a las aeronaves militares que realizan vuelos de 
transporte con fines pacíficos tales como transporte de pasajeros, apoyo 
logístico y misiones sanitarias, no quedando comprendidas las aeronaves 
de combate.-

CONSIDERANDO: que la homologación del mismo resulta beneficiosa para las 
partes celebrantes.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por las Asesorías 
Jurídica del Comando General de la Fuerza Aérea y Letrada del Ministerio 
de Defensa Nacional; a lo dispuesto por el Decreto 34/993 de 25 de enero 
de 1993 y por la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 del 
21 de octubre de 1991.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Homológase, en todas sus partes, el Memorándum de Entendimiento suscrito 
el 4 de mayo de 2001 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea 
Uruguaya en el marco del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas 
Americanas (SICOFAA), en los términos que luce de fojas 3 a 4 del 
expediente del Ministerio de Defensa Nacional número 01043555 el cual se 
considera parte integrante de la presente Resolución.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

 Comuníquese, publíquese, pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de 
Defensa Nacional y al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. 
Cumplido, vuelva y archívese.      

BATLLE - LUIS BREZZO - DIDIER OPERTTI



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