FIJACION DE TARIFAS POR SERVICIOS POLICIALES CONEXOS




Promulgación: 28/03/1989
Publicación: 28/04/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el informe elevado por la Contaduría Central del Ministerio del
Interior relacionado con la actualización de los valores fijados por desolución 178/988 de 10 de mayo de 1988 para los servicios policiales
que en la misma se determina.

   Resultando: que el ajuste que se propone se efectuó conforme a la variación operada en el Indice General de los Precios de Consumo, en el período comprendido entre el 12 de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1988.

   Considerando: I) Que el artículo 41 de la ley 15.851 de 24 de 
diciembre de 1986, autorizó a las dependencias del Ministerio del 
Interior a cobrar a los usuarios el costo de los servicios conexos u 
otros que por su naturaleza no son de su cometido específico;

   II) Que al amparo de dicho texto legal se dictó el decreto 391/987, de
11 de agosto de 1987 que fijó el costo de ciertos servicios policiales no
contemplados en otras normas;

   III) Que el Art. 2° del mencionado decreto establece dichos valores se
actualizarán anualmente conforme a lo preceptuado en el Art. 2° del decreto ley 15.046, de 5 de agosto de 1980.

   Atento: a lo precedentemente expresado,

   El Presidente de la República

                            RESUELVE:

1

   Actualízase el valor de los servicios establecidos en el decreto 391/987, de 11 de agosto de 1987, en la siguiente forma:

a) Título de habilitación para la adquisición y tenencia de armas: N$ 
   575,00 (nuevos pesos quinientos setenta y cinco);
b) Certificado de residencia: N$ 269.00 (nuevos pesos doscientos sesenta y 
   nueve);
C) Conexión de alarma de mesa central de operaciones:

   1) Conexión inicial: N$ 115.369,00 (nuevos pesos ciento quince mil    
      trescientos sesenta y nueve);
   2) Cuota mensual por gastos operativos de mantenimiento: N$ 28.840,00      
      (nuevos pesos veintiocho mil ochocientos cuarenta);
   d) Examen sicosomático de aptitud para conducir : N$ 960,00 (nuevos 
      pesos novecientos sesenta);
   e) Depósito de vehículos (mensual):  N$ 3.845,00 (nuevos pesos tres
      mil ochocientos cuarenta y cinco);

   f) Copias de carpetas con actuaciones  periciales, referentes a 
      accidentes de tránsito solicitadas por los interesados:

   1) Con pericias y fotografías: N$ 1.922,00 (nuevos pesos mil 
      novecientos veintidós);
   2) Con pericias, fotografías y croquis o planos: N$ 2.885,00 (nuevis
      pesos dos mil ochocientos ochenta y cinco);
   3) Con pericias, fotografías, croquis o planos o informes de 
      loboratorio: N$ 5.768,00 (nuevos pesos cinco mil setecientos sesenta
      y ocho).

2

   Publíquese, tome nota Contaduría Central y pase a la Jefatura de Poícia de Montevideo a sus efectos.-

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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