PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FUMAYA S.A.




Promulgación: 21/10/2003
Publicación: 27/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: La Resolución Nº 1.321/003, de 23 de septiembre de 2003.

   RESULTANDO: I) Que por la referida Resolución se amplió el beneficio
de Seguro por Desempleo a 1 (un), trabajador de FUMAYA S.A.

   II Que se omitió a 1 (un) trabajador que debe ser beneficiado con la
ampliación del referido beneficio.

   CONSIDERANDO: Que se entiende conveniente modificar el numeral 1º de
la Resolución Nº 1.321/003, de 23 de septiembre de 2003, a efectos de
posibilitar que todos los trabajadores se encuentren en la misma
condición.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

(*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 1.321/003 de 23/09/2003 
numeral 1.

2

   Amplíase por el plazo de 30 (treinta), días el beneficio del Seguro
por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 1 (un),
trabajador de la firma FUMAYA S.A. que se encuentre en condiciones
legales de acceder al mismo.

3

   El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se
liquidará de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley
Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

4

   COMUNIQUESE, publíquese, etc.


HIERRO LOPEZ - MARIO ARIZTI


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