APROBACION DEL ACUERDO ESPECIFICO - ANEXO I 15) SUSCRITO CON FECHA 1° DE MARZO DE 2023, ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS Y LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO CON LA CONFORMIDAD EXPRESA DE LA CORPORACION VIAL DEL URUGUAY S.A.




Promulgación: 26/06/2023
Publicación: 11/07/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con el Acuerdo Específico - Anexo I 15) suscrito el 1° de marzo de 2023, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo con la conformidad expresa de la Corporación Vial del Uruguay S.A.;

   RESULTANDO: I) que con fecha 5 de octubre de 2001, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo, suscribieron un Convenio y Contratación Directa para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de Concesión de Obra Pública y para la Cooperación Técnica y Asistencia Técnica, Semitécnica y Especializada, el cual fue aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1.908/001, de 20 de diciembre de 2001;

   II) que el documento referido precedentemente en su alcance incluye expresamente: 1) el apoyo a la organización y a la ejecución de proyectos de infraestructura complementarios que se realicen y 2) la celebración de todos los actos civiles y contratos, con arreglo a lo que establezcan los Acuerdos Específicos, o cualquier otra modalidad que sea de interés para las partes comparecientes. Entre los procedimientos para la ejecución de la Concesión, establece la contratación directa entre ambas partes y los Acuerdos Específicos que celebren las partes, contemplando asimismo la posibilidad de realizar Convenios o Acuerdos Específicos para ejecutar las obras y proyectos objeto de la Concesión de Obra Pública que efectúa y admite la incorporación de otros Anexos para planificar, programar, contratar, ejecutar y explotar en su caso, los proyectos y obras de infraestructura incluidas en la Concesión;

   III) que con fecha 23 de febrero de 2023 el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Blanvira S.A. empresa de la cual UPM Pulp Oy es propietaria del 91% de las acciones y el restante 9% pertenece a la empresa Winnfield Investment LLC y en conocimiento de la Corporación Vial del Uruguay S.A., suscribieron un Convenio por el cual se estableció que Blanvira S.A. financiará parcialmente las obras que se detallan en la Cláusula Segundo (Objeto) de dicho Convenio, el que se agrega como Anexo a) del Acuerdo Específico - Anexo I 15);

   IV) que en tal sentido y en uso de las facultades conferidas por el Convenio y contratación Directa, de 5 de octubre de 2001 y modificativos, con fecha 1° de marzo de 2023 se procedió a la suscripción del Acuerdo Específico - Anexo I 15) entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo con la conformidad expresa de la Corporación Vial del Uruguay S.A., el cual tiene por objeto la construcción de una rotonda en la intersección de Ruta N° 5 con Ruta N° 4 (Carlos Reyles) y una rotonda en la intersección de la Ruta N° 5 y Tomás Aldabalde (Ciudad de La Paz);

   CONSIDERANDO: I) que el Tribunal de Cuentas por Resolución N° 1060/2023, de 26 de abril de 2023, ha tomado la intervención previa que le compete sin formular observaciones al respecto;

   II) que se entiende pertinente proceder por parte del Poder Ejecutivo a la aprobación del Acuerdo Específico citado en el Visto de la presente Resolución;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Cláusula Décimo Noveno del Acuerdo Específico suscrito con fecha 1° de marzo de 2023;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el Acuerdo Específico - Anexo I 15) suscrito con fecha 1° de marzo de 2023, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo con la conformidad expresa de la Corporación Vial del Uruguay S.A., y sus Anexos a) y b) que se adjuntan  y forman parte del presente Acuerdo Específico;

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 150/023 de 
26/06/2023.

2

   Comuníquese, publíquese, y remítase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para su cumplimiento y demás efectos.

   LACALLE POU LUIS - JOSÉ LUIS FALERO
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