ACREDITACION DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ANTE LA CONFERENCIA INTERAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 22/04/1987
Publicación: 18/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 565
    Visto: el Estatuto de la conferencia Interamericana de Seguridad
Social (CISS), aprobado por la XXVIIIa. reunión del Comité Permanente
Interamericano de Seguridad Social, celebrado el 29 de noviembre de 1984
en Oaxtepec, México.
    Resultando: I) Que el artículo 5º de dicho estatuto establece que será
miembro titular de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social el
organismo que acredit4e cada uno de los países americanos como
representante de la seguridad social nacional;
    II) Que a su vez el artículo 16 prevé que el Comité Permanente
Inteamericano de Seguridad Social (CPISS), órgano de dirección y
ejecución, está integrado por los miembros titulares de la Conferencia
Interamericana de Seguridad Social de acuerdo con lo establecido en el
artículo 5º.
    Considerando: que el artículo 9º del decreto 574/974, de 12 de julio
de 1974, atribuye competencia al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
en lo que corresponde a la política nacional de la seguridad social
(numeral 1º) al régimen de previsión y atención de los riesgos de
maternidad, accidentes, enfermedades, muerte, viudez, desocupación y
pérdida o disminución de la actividad productiva (numeral 14), al régimen
de os servicios estatales de previsión y de seguridad social y su
coordinación (numeral 15), así como en materia de relaciones con los
organismos internacionales de su especialidad,
     El Presidente de la República
                        RESUELVE:

1

    Acreditar ante la Conferencia Interamericana de Seguridad Social al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como representante de la
seguridad social nacional.

2

    Designar al señor Director General del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social Cr. jorge Cappellini Mafei como su representante ante el
Comité Permanente Interamericano de Seguridad Social.

3

    Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - ENRIQUE V. IGLESIAS
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