APROBACION DE ACUERDO AD-REFERENDUM. MINISTERIO TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS Y EMPRESA HERNANDEZ Y GONZALEZ S.A.




Promulgación: 12/10/2010
Publicación: 21/10/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 953
Referencias a toda la norma
VISTO: el Acuerdo Ad-Referéndum suscrito con fecha 1° de setiembre de
2010, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la empresa
Hernández y González S.A.

RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de
setiembre de 1999 se adjudicó a dicha firma, la Concesión de Obra Pública
"Ruta N° 5, Accesos a Montevideo-Mendoza (progresivas 11km300 y 69km000)",
según el llamado a Licitación Pública Internacional N° 78/98.

II) Que por dicho instrumento las partes acuerdan que la cláusula 60.3 de
la Sección 1, modificada a su vez por el Comunicado N° 2 del Pliego de
Condiciones de la Concesión de Obra Pública de que se trata, sea
sustituida por la siguiente redacción: "Sistema de redondeo. La tarifa a
cobrar a los usuarios para cada categoría de vehículo, en todos los
puestos de recaudación y en cada sentido, será el múltiplo de cinco más
cercano al valor que surja de la aplicación de la fórmula de ajuste. Es
decir, cuando la diferencia del valor teórico con el múltiplo de cinco
inferior sea menor a 2,5 pesos uruguayos, se tomará dicho múltiplo y
cuando la diferencia sea igual o mayor a 2,5 pesos uruguayos, se tomará el
múltiplo de cinco superior", permitiendo con ello que la forma de redondeo
de las tarifas de peajes coincidan con las concesiones que gestiona la
Corporación Vial del Uruguay S.A. y también a la disposición de la no
circulación de monedas de 0,5 pesos uruguayos.

III) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta
N° 185.131) al practicar la intervención que le compete, no formula
objeciones al respecto.

ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.637 de 28 de setiembre
de 1984 y a lo preceptuado en el Pliego de Condiciones de la Concesión de
Obra Pública antes mencionada.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase, en todas sus partes, el Acuerdo Ad-Referéndum suscrito con
fecha 1° de setiembre de 2010, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la empresa Hernández y González S.A., el cual tiene como objeto
modificar la cláusula 60.3 de la Sección 1, modificada a su vez por el
Comunicado N° 2 del Pliego de Condiciones de la Concesión de Obra Pública
"Ruta N° 5, Accesos a Montevideo-Mendoza (progresivas 11km300 y 69km000)".

2

 Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad, a sus efectos.

JOSE MUJICA - ENRIQUE PINTADO
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