Visto: que las necesidades del servicio ameritan la creación de un
Consulado General en la ciudad de Estambul, República de Turquía.
Resultando: que el gobierno de dicho país, de acuerdo a lo que
establece al respecto la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares
del 24 de abril de 1963, ha dado su conformidad a la constitución de la
referida oficina consular.
Considerando: que la existencia de un Consulado de la República en
Estambul, importante como centro comercial, turístico y artístico, habrá
de contribuir al incremento de la cooperación entre ambos países.
Atento: a lo expuesto, a lo que determinan el artículo 14 de la Ley
Orgánica Consular y 2º de su Reglamentación y a lo informado por la
Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores,
El Presidente de la República
RESUELVE: