CESION DE CUOTAS SOCIALES. RADIODIFUSION. EMISORA AZUL LIMITADA. MONTEVIDEO




Promulgación: 07/10/2010
Publicación: 19/10/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 914
VISTO: las presentes actuaciones relativas a la solicitud de autorización
de la cesión de cuotas sociales del Sr. Orestes Raúl Bessio Corchs en la
sociedad "EMISORA AZUL LIMITADA", permisionaria de la frecuencia 101.9 MHz
CXD 270 de Montevideo, a favor de la Sra. Ana María Beisso Montero;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 13 de junio de
1996 N° 542/996 se autorizó la transferencia de titularidad de la emisora,
a favor de la sociedad EMISORA AZUL LIMITADA, integrada por los Sres.
Orestes Raúl Bessio Corchs y Alejandro Félix Beisso Gianarelli, con 125
cuotas sociales cada uno;

II) que con fecha 21 de junio de 2008 falleció intestada la Sra. Adriana
Montero Zorrilla, cónyuge del Sr. Orestes Raúl Beisso Corchs, incluyéndose
en la relación de bienes de su sucesión, el 62,5% de las cuotas sociales
de la citada sociedad;

III) que en dicho trámite sucesorio, la Sra. María Beisso Montero, fue
declarada única y universal heredera, en su calidad de hija legítima de la
causante, sin perjuicio de los derechos del cónyuge supérstite;

IV) que por contrato de cesión de cuotas, de fecha 16 de octubre de 2008,
el Sr. Beisso Corchs cedió la totalidad de las cuotas sociales que poseía
en la referida sociedad a favor de la Sra. Beisso Montero, bajo la
condición de la autorización del Poder Ejecutivo;

V) que la Sra. Ana María Beisso Montero ha acreditado el cumplimiento de
los requisitos establecidos en el artículo 8° del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, ya detentando la calidad de radiodifusora;

CONSIDERANDO: que la emisora se encuentra actualmente en funcionamiento,
no manteniendo deudas con la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los artículos 70
y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 y modificativas
y complementarias N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y N° 18.046 de 24
de octubre de 2006, el Decreto - Ley N° 14.670 de 23 de junio de 1977,
Decretos N° 734/978 de 20 de diciembre de 1978, N° 347/992 de 21 de julio
de 1992, a lo establecido por el Decreto N° 155/005 de 9 de mayo de 2005,
Decreto N° 353/006 de 2 de octubre de 2006 y a lo informado por la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la cesión de la totalidad de las cuotas sociales
pertenecientes al Sr. Orestes Raúl Beisso Corchs en la sociedad EMISORA
AZUL LIMITADA, permisionaria de la estación de radiodifusión que opera en
la frecuencia 101.9 MHz CXD 270, en la ciudad de Montevideo, a favor de
Ana María Beisso Montero quedando en consecuencia, integrada dicha
sociedad por Alejandro Félix Beisso Gianarelli y Ana María Beisso Montero,
en iguales porcentajes, con 125 cuotas sociales cada uno.

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones. Cumplido, archívese.

JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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