Visto: la resolución del Poder Ejecutivo 1.227/976, de 21 de setiembre de
1976, por la que se confirman los fallos emitidos por los jurados
actuantes en el Concurso de Remuneraciones Literarias correspondientes a
la producción del año 1974.
Resultando: que en el texto de la misma se han padecido diversos errores
de interpretación a las disposiciones contenidas en la ley 11.648, de 19
de febrero de 1951, por la que se instituyó el mencionado concurso y se
reglamentó su funcionamiento.
Considerando: que corresponde, en consecuencia, derogar la precitada
resolución 1.227/976, de 21 de setiembre de 1976, y confirmar los fallos
emitidos por los jurados actuantes en el concurso de referencia, mediante
una nueva disposición administrativa,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Confírmanse los fallos de los jurados actuantes en el Concurso de
Remuneraciones a la Labor Literaria correspondiente a la producción del
año 1974, de acuerdo con el siguiente orden.
Confiérese el Premio Nacional de Literatura correspondiente al bienio
1973-1974, consistente en la suma de N$ 1.000.00 (nuevos pesos mil), al
escritor historiador don Aníbal Barrios Pintos, por la obra realizada
durante el mencionado período.
Confiérense sendos "Premios Remuneración", consistentes en la suma de N$
500.00 (nuevos pesos quinientos) cada uno, a las personas que se nombran a
continuación, dentro de las categorías que también se especifican:
Categoría a) "Obras en verso y poemas en prosa", al señor Juan De Gregorio
por su obra "Los Estremecimientos".
Categorías b) y c) "Cuentos, novelas y biografías noveladas, literatura
infantil y todo otro género literario que pueda ser incluido en la
denominación de prosa de imaginación", al señor Hyalmar Blixen, por su
obra "Aquel año 3-Tockli"; al señor Angel María Luna por su obra "Cuentos
de Domingo"; y al señor Julio Garet Más por su obra "Efigies Rápidas".
Categoría d) "Ensayos estéticos o literarios", al señor Eduardo Martínez
Rovira por su obra "A pie y a caballo" y al señor Walter Laroche por su
obra "El centenario de un nombre revolucionario: el Impresionismo".
Categoría e) "Obras teatrales, obras teatrales infantiles y para títeres",
al señor Juan Carlos Patrón por su obra "La Casa Vacía".
Categoría inéditos: En Teatro, al señor León Barbé Giorello por su obra
"El intrépido astronauta: Ratoncito Juan Lunauta"; en Poesía, el señor
Miguel Demetrio Souza por su obra "Romance de tus arenas"; al señor Juan
María Rodríguez por su obra "Río Santa Lucía Chico y otros poemas"; a la
señora Amnerys Bosco Gaibisso por su obra "Cantos simples"; y a la misma
autora señora Amnerys Bosco Gaibisso por su obra "Artigas, el ciudadano
oriental".
Decláranse desiertas las remuneraciones dispuestas por la ley, que no han
sido otorgadas por los respectivos jurados en virtud de no haberse
presentado obras con los méritos suficientes.
Abónese la cantidad de N$ 320.00 (nuevos pesos trescientos veinte) a cada
una de las siguientes personas, por haber intervenido en los jurados de
cuatro categorías: señor Juan Ilaria, señor Arturo Sergio Visca y señor
Leonardo Tusso.
Abónese la cantidad de N$ 240.00 (nuevos pesos doscientos cuarenta) a cada
una de las siguientes personas, por haber intervenido en los jurados de
tres categorías: señor Emilio Carlos Tacconi, señora Adela Barbita Colombo
(Elizabeth Durán) y señorita Dora Isella Russell.
Abónese la cantidad de N$ 160.00 (nuevos pesos ciento sesenta) a cada una
de las siguientes personas, por haber intervenido en los jurados de dos
categorías: profesor Domingo Luis Bordoli, doctor Armando Pirotto, señor
Asdrúbal Botello, arquitecto Fernando García Esteban y señora Zola Berreta
Galli.
Abónese la cantidad de N$ 80.00 (nuevos pesos ochenta) a cada una de las
siguientes personas, por haber intervenido en un solo jurado: profesor
Juan Carlos Sabat Pebet, señor Angel Curotto y profesor Alberto Rodríguez
Mallarini.
La cantidad de N$ 9.720.00 (nuevos pesos nueve mil setecientos veinte) a
que asciende la suma global de las remuneraciones de referencia, se
imputará al Rubro 7, Apartado E "Premios y Remuneraciones a la Labor
intelectual" del Programa 11.21 "Apoyo Financiero para el Desarrollo de
Actividades Culturales".